Además eliminó el IVA para los bienes donados para atender la emergencia
El Gobierno expidió el miércoles un decreto que elimina el gravamen a los movimientos financieros (GMF), mejor conocido como 4×1000, a los movimientos bancarios de las cuentas de las fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro que hacen parte del régimen tributario especial.
De acuerdo con el decreto, las cuentas de ahorro o corrientes de las ESAL podrán marcarse como exentas del impuesto si estas lo solicitan ante su respectiva entidad bancaria, durante la emergencia por el coronavirus.
La condición, según el Gobierno, es que las entidades tendrán que pedir por escrito el beneficio, que aplicará hasta para dos cuentas bancarias por cada ESAL y dentro de los 15 días siguientes a la petición, tendrán que entregar -además de la carta de petición- una declaración juramentada en la que indican que las cuentas se utilizan exclusivamente para beneficiar a la población vulnerable durante la emergencia.
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En el futuro, cuando se cumplan 15 días después de terminar la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país, tendrán que enviar a la respectiva entidad bancaria el monto total de los retiros efectuados de las cuentas de ahorro o corriente de cada entidad, destinados a ayudar a población vulnerable.
Además, el reporte tendrá que incluir la identificación de los beneficiarios de dichos retiros.
Por otro lado, el decreto autoriza que se elimine el IVA para los bienes que se entreguen como donaciones durante la emergencia, para atender la emergencia.
De acuerdo con el decreto, estarán exentos bienes para el consumo humano y animal, vestuario, elementos de aseo, medicamentos para uso humano o materiales de construcción y dispositivos médicos, “siempre y cuando se destinen única y exclusivamente para conjurar las causas que dieron lugar a la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Económica”.