El decreto sobre los Títulos de Solidaridad obliga a que los bancos inviertan allí los recién liberados recursos de los encajes

El martes en la tarde, el Banco de la República anunció su decisión de reducir los encajes bancarios para entregarle cerca de nueve billones de pesos en liquidez a los bancos y 24 horas después, el Gobierno decretó que dichos recursos liberados debían destinarse a una inversión obligatoria, los títulos TDS.

Por su lado, la Junta Directiva del Banco de la República había señalado que esperaba con la medida generar una mayor liquidez en el sistema financiero, estimulando así que los bancos entregaran más créditos y aplicaran con mayor rapidez su reducción de la tasa de interés de 4,25 % al actual 3,75 %.

Sin embargo, dado el alto nivel de riego que tiene en este momento la entrega de créditos -así como las inversiones en medio de una recesión económica- la posibilidad de que ambos resultados se materializaran no parecía tan cercana.

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Un día después, el Gobierno aprovechó sus facultades especiales en el marco del Estado de Emergencia, para imponer una inversión obligatoria para los establecimientos de crédito, un mecanismo permitido por la Constitución Política.

Los nuevos títulos de solidaridad (TDS), tendrán inicialmente un año de vigencia desde su expedición, pero podrán ser renovados si así lo necesita el Ministerio de Hacienda y con límite en 2029, entidad encargada de reglamentar el mecanismo de estos títulos.

Con el pago de intereses cada año y la entrega del dinero invertido apenas llegue el vencimiento de cada título, el Banco de la República será quien lo administre a manera de fiducia.

Además, los cerca de nueve billones de pesos que el Gobierno recaude mediante este mecanismo se destinarán al Fondo de Mitigación de la Emergencia (FOME) y es un monto equivalente al que iban a liberar los bancos por los menores encajes.

Para José Ignacio López, director de Investigaciones Económicas de Corficolombiana, “es una buena medida porque el Gobierno tiene casi 10 billones de pesos adicionales para invertir en la emergencia económica que estamos viviendo y los establecimientos de crédito, al invertir en estos títulos, van a tener una tasa de rentabilidad mayor a la que tendrían en el mercado de reservas” y además no generará mayor distorsión en dichos establecimientos.

Las entidades tendrán que invertir el 3 % de los depósitos a la vista, como cuentas de ahorro o corrientes, lo que significa los tres puntos porcentuales que el Emisor les liberó al bajar los encajes del 11 % al 8 %.

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Y en el caso de depósitos a plazo, como los CDT, tendrán que invertir el 1 % de los recursos, equivalente al punto porcentual que se disminuyó en el encaje al pasarlo de 4,5 % a 3,5 %.

En cualquier caso, este nuevo endeudamiento no va a afectar el cupo anual de endeudamiento del Gobierno.

“Parece una medida coordinada entre el Banco de la República y el Ministerio de Hacienda. Esa liquidez no se iba liberar simplemente porque los bancos no iban a prestar por el mayor nivel de riesgo. En anticipación a esto el gobierno los obligará a comprar títulos con lo que se financiará el hueco fiscal”, concluyó Daniel Escobar analista independiente.