La alcaldía de Bogotá emitió un decreto que establece que los espacios comunes solo podrán usarse para pasear a las mascotas el día acorde al pico y género.
La alcaldía de Bogotá estableció, a través del decreto 579, que pese a ser espacios privados, las autoridades tienen la potestad de ingresar a los conjuntos residenciales y multar a quienes permanezcan en las zonas comunes de los mismos violando la cuarentena.
De acuerdo con la norma, las salidas dentro de la propiedad horizontal solo podrán hacerse el día correspondiente de acuerdo con el pico y género, y para actividades como pasear a las mascotas por periodos de tiempo que no mayores a 20 minutos.
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Los adultos mayores, los menores de edad y las personas que tengan coronavirus no podrán salir a las zonas de uso compartido ni siquiera el día correspondiente según el pico y género.
Adicionalmente, en los pasillos ascensores y la recepción de las unidades residenciales será obligatorio el uso de tapabocas, mientras que piscinas, saunas, gimnasios y otros espacios tendrán que permanecer cerrados.
El Distrito es enfático en decir que si un residente ve a otro violando estas normas, podrá alertar a las autoridades y estas tendrán el permiso de ingresar a la unidad e imponer el respectivo comparendo.
En cuanto a los servicios de domicilios, está prohibido que los repartidores ingresen a los conjuntos. Todo pedido tendrá que ser recibido en la portería de la copropiedad.