Podrían imponerle multas hasta por 2.000 salarios mínimos por ofrecer pruebas rápidas para detección del coronavirus que no tenían aprobación de la autoridad sanitaria.
Por ofrecer el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test, la Superintendencia de Industria y Comercio, formuló pliego de cargos en contra de la modelo colombiana Elizabeth Loaiza, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor.
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De acuerdo con la entidad, esta actividad de promoción se adelantaba a través de sus redes sociales, en donde además aseguró que dichos productos contaban con el Registro Sanitario expedido por el Invima y que podían adquirirlo únicamente las gobernaciones, alcaldías, hospitales y clínicas.
Al parecer, estas condiciones objetivas no se ajustan a la realidad, lo cual podría constituir publicidad engañosa y por tanto una vulneración a lo dispuesto en el Estatuto del Consumidor.
El regulador también imputó cargos por el presunto incumplimiento de las órdenes impartidas por esta Superintendencia, pues Loaiza no allegó información solicitada el 15 de abril de 2020.
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La Delegatura de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio informó que hizo un monitoreo de medios, en donde encontró la publicación realizada por la reconocida modelo e influenciadora Elizabeth Loaiza en su cuenta de Instagram (@elizabethloaiza), en la que ofrecía el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test”, evidenciándose que se trataba de un producto al que se le atribuían bondades relacionadas con la detección rápida del “coronavirus”.
El 15 de abril procedió a requerir a la empresaria con el fin de obtener información sobre el origen del producto y los beneficios atribuidos al mismo, así como de la publicidad utilizada para ofrecerlo. “La señora Loaiza desatendió estos requerimientos”, dijo la SIC.
La SIC dijo que conoció la alerta sanitaria expedida por el Invima,en la cual, además de advertir que las pruebas rápidas para detección del Covid-19 no son de venta libre, incluyó un listado de pruebas que se ofrecen en el mercado nacional sin contar con autorización otorgada por esta autoridad sanitaria, dentro de las cuales se encontraba el producto ofrecido en la publicidad realizada por Loaiza.
“En consecuencia, se solicitó información en relación con la publicación mencionada al Invima la cual confirmó a esta Autoridad que el producto mostrado en la publicidad de la cuenta de instagram (@elizabethloaiza), no contaba con registro sanitario, ni autorización de importación para su comercialización”, explicó la entidad.
Contra esta apertura de investigación no proceden recursos. De confirmarse la violación a las normas señaladas, la SIC podría imponerle multas hasta por 2.000 salarios mínimos.