Dentro de las salas de cine o teatros deberá haber dos sillas vacías entre cada asistente y una fila vacía entre cada fila ocupada. El aforo máximo de las salas puede sobrepasar el 50%.

A través de una resolución, Ministerio de Salud detalló una serie de protocolos que deberán cumplir los operadores de salas de cines, autocines y teatros.

Estos espacios están obligados a tener áreas de circulación de personas debidamente demarcadas, lugares de parqueo, zona de pagos siempre con distancia física mínimo de dos metros entre personas.

El uso de tapabocas es obligatorio. Se tomará la temperatura al ingreso y tendrá que haber sitios dispuestos para el lavado de manos y desinfección de las zonas comunes mínimo una hora antes y después de cada función.

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La boletería se comercializará preferiblemente de forma virtual o telefónica.

Dentro de las salas de cine o teatros deberá haber dos sillas vacías entre cada asistente y una fila vacía entre cada fila ocupada. El aforo máximo de las salas puede sobrepasar el 50%.

El protocolo establece que no se podrán ingerir alimentos dentro de las salas de cine o teatros.

Para los autocines, los lugares de parqueo deben estar demarcados: a dos metros y medio de distancia a cada lado del vehículo y cinco metros adelante y atrás de cada carro.

Se permitirá el ingreso de máximo cuatro personas por vehículo. No se podrán abrir las ventanas para evitar que haya interacción entre los ocupantes de otros vehículos. El motor debe estar apagado y el consumo de alimentos en los autocines debe ser dentro del carro