El Decreto establecía que los arrendatarios podían terminar su contrato pagando solo la tercera parte de la cláusula por terminación anticipada.
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inconstitucional el Decreto Legislativo 797 de 2020 que otorgaba facilidades para la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de espacios comerciales por parte de los arrendatarios.
La medida se había expedido a inicios de este año como parte de las ayudas del Gobierno a los comerciantes frente a la crisis económica desatada por la pandemia del coronavirus, por la que muchos locales comerciales tuvieron que cerrar sus puertas de manera indefinida.
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El decreto permitía que, pagando solo una tercera parte de lo que se fija como multa en el contrato, los arrendatarios pudieran entregar el inmueble que arrendaban.
La votación de la Sala Plena fue de 5 a favor de tumbar el decreto y 4 en contra. Salvaron el voto los Magistrados Richard Ramírez Grisales, Antonio José Lizarazo, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo.