La Superintendencia de Industria y Comercio advirtió que se incumplieron normas con la publicidad y las promociones.
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a siete funerarias por vulnerar los derechos de los consumidores. Una de las empresas fue multada por incumplir normas relacionadas con información, publicidad y derechos de retracto, mientras las demás porque no ejecutaron las medidas ni las restricciones en la prestación del servicio por la pandemia.
A través de la Resolución 76497, la Superintendencia sancionó a la Cooperativa Inversiones y planes de la Paz (Cooinpaz) con multa de $70.224.240, “por incumplir las normas que regulan la información mínima, las condiciones específicas y objetivas anunciadas en la publicidad, promociones y ofertas y ventas que utilizan métodos no tradicionales”.
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Esta decisión se debe a que, según explicó la Superindustria, Cooinpaz ofreció planes de protección exequial induciendo en error a los consumidores, al incluir en su publicidad afirmaciones objetivas sobre la eliminación del requisito de edad para la afiliación y acceso de los servicios funerarios.
Frente a los casos de incumplimiento en la entrega de información, la entidad sancionó a las otras seis prestadores de servicios exequiales por no atender los requerimientos de información que fueron solicitados.
Esto con el fin de verificar, entre otras, las modificaciones y restricciones en la prestación de los servicios funerarios con ocasión del virus covid – 19, las medidas de bioseguridad implementadas para el manejo seguro, transporte y disposición de cadáveres, y la información suministrada a los consumidores al respecto.
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Los prestadores de servicios funerarios sancionados son los siguientes:
