El Tribunal Administrativo de Nariño tumbó la decisión de un juez de Pasto que ordenaba el arresto de Felipe Bayón, presidente de la petrolera colombiana, como sanción al desacato de una orden de tutela de una extrabajadora de la compañía.

El Tribunal Administrativo de Pasto tumbó la decisión del juez segundo administrativo de Pasto, Carlos Arturo Cuellar, que ordenaba el arresto por cinco días del presidente de Ecopetrol, Felipe Bayón Pardo, como sanción al desacato de una orden de tutela de una extrabajadora de la compañía. Además, el directivo debía pagar una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La tutela, interpuesta por Claudia Patricia Erazo, solicitaba que se le garantizara la protección de sus derechos fundamentales a la salud, a la vida e integridad personal, entre otros, los cuales consideró fueron vulnerados al ser excluida del sistema de salud sin que se le proporcionara “garantías de recuperación y protección, en tanto no se solicitó autorización ante el Ministerio para tramitar su renuncia y denuncias por acoso laboral”, dice el documento.

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Volviendo a lo ya descrito, este miércoles se conoció que el Tribunal Administrativo de Nariño decidió dejar sin efectos (tumbar) la decisión anteriormente citada, adoptada mediante el auto del 30 de noviembre del año en curso proferido por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Pasto.

En el documento, que tiene fecha del 4 de diciembre de 2020, se expone que Ecopetrol allegó los documentos a fin de acreditar el cumplimiento del fallo de segunda instancia que entre otras cosas ordenaba: “determinar si Erazo ha alcanzado la mejoría máxima; (ii) si se han agotado todas las posibilidades terapéuticas y; (iii) si se han estructurado las secuelas de los diagnósticos de enfermedad laboral (…) para de ahí determinar el porcentaje de pérdida de capacidad laboral”.

En línea con lo anterior, en el texto se detalla que “Ecopetrol S.A. garantizó el tratamiento integral y multidisciplinario para patología de origen común (hipertiroidismo) y laboral (trastorno mixto de ansiedad y depresión)”.

Además de otras cosas, dice que “se considera por los participantes de la junta médica que una vez implementadas las posibilidades terapéuticas, farmacológicas y el pobre control de su patología tiroidea a la fecha del 27 de marzo de 2020, el proceso de rehabilitación laboral a cargo de Ecopetrol S.A. se ha cumplido”.