La medida regirá Bogotá y departamentos como Valle del Cauca, Antioquia, Quindío y Norte del Santander, entre otros. Gobierno advierte que alcaldes y gobernadores deberán garantizar que se cumpla la medida.

El Gobierno Nacional, a través de una circular conjunta entre el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud, dio a conocer este martes que no se podrá vender ni consumir licor en bares y restaurantes después de las 10 de la noche. La medida será solo para las ciudades y departamentos con menor capacidad disponible de camas Unidades de Cuidado Intensivo (UCI).

La orden fue remitida para los alcaldes y gobernadores, y específicamente cobija a las ciudades que tengan menos de 30 % de disponibilidad en las UCI. Entre ellas está Bogotá, Valle del Cauca, Antioquia, Cúcuta, Quindío, Norte del Santander, entre otros departamentos, por ejemplo.

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Según informaron los ministerios, algunas regiones como las áreas metropolitanas deben ser analizadas de manera independiente dado que presentan una disponibilidad menor, razón por al cual deberán concertar con las demás autoridades las medidas a tomar para garantizar capacidad de respuesta.

Ciudades

El documento también recomienda a las alcaldía autorizar, especialmente, a los establecimientos que pueda operar en terrazas y espacios abiertos o ventilados. El Ministerio del Interior y de Salud recordó que de no poder cumplir con esa condición que se recomienda, no se deberá permitir un aforo mayor al 35%.

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Por ahora se confirmó que “el control y vigilancia de estos pilotos estará en cabeza de las autoridades locales, y de su buen desarrollo dependerá la futura normalización de esta actividad. Esta medida se evaluará en el comité asesor del día 21 de diciembre”.