La nueva iniciativa, que será discutida en la próxima legislatura, unifica propuestas de los seis proyectos de ley con la intención de regular en Colombia las plataformas que intermedian el servicio de transporte.

En la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes fue radicado el proyecto de ley que unifica los seis proyectos de ley que se propusieron para establecer la regulación de las plataformas de transporte como Uber, Didi, Cabify y Beat en Colombia.

Parece que ahora sí hay una luz en el camino para las plataformas que intermedian servicios de movilidad, tras cinco años de intentos fracasados y más de siete iniciativas archivadas cuyas ponencias ni siquiera alcanzaron a ser radicadas.

Con esta ponencia positiva del proyecto de ley 003 de 2020, acumulado con el 174, 185, 199, 242, y 406, queda para primer debate en el Congreso.

La iniciativa busca aumentar la competitividad del taxi eliminando el sistema de cupos, proponiendo un plan de compensación para quienes tengan inversiones en esta figura. “Para el desmonte del sistema de cupos, el Ministerio de Transporte, en la reglamentación deberá prever el mecanismo mediante el cual se compensará el valor de la inversión, que los actuales propietarios de vehículos de transporte individual tipo taxi, matriculados hasta la fecha, realizaron para el ingreso del vehículo”.

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Teniendo en cuenta esa compensación, se crearía un fondo en el que estará el 1% más que se cobrará a los nuevos integrantes del gremio de ‘los amarillos’ para reponer a los que llevan tiempo en el negocio. La propuesta también habilita el carro compartido para el taxi, para lograr eficiencias y que haya menos vehículos en la calle generando congestión.

Otro de los apartes de este proyecto es que quienes operan a través de plataformas digitales de transporte tendrían que contratar pólizas de seguros, así como hacer el registro en el RUNT y pagar los impuestos de ley. Ningún conductor podría trabajar más de ocho horas seguidas sin descanso.

“El operador de la plataforma tecnológica tomará las medidas pertinentes para que un solo conductor no preste el servicio por más de ocho horas ininterrumpidas”, refiere el proyecto.

Por otro lado, con la aprobación del proyecto también se establecería que el sistema de precios, de oferta y demanda de las plataformas digitales prestadoras del servicio, sería libre. “Las restricciones al número de licencias, así como la limitación de precios, si bien es cierto que persiguen objetivos legítimos como el de reducir la congestión al intentar evitar un exceso de oferta de vehículos, reducir los costos de monitoreo de flota y el riesgo de abusos en el cobro de tarifas a los usuarios, también generan distorsiones significativas a la dinámica competitiva entre los agentes”.

En el nuevo sistema que propone la iniciativa, vehículos con hasta 10 años podrían prestar el servicio de transporte a través de las plataformas, “el servicio de movilidad colaborativa en vehículo particular, intermediado por plataformas tecnológicas, se prestará con vehículo matriculado para el servicio particular, con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT vigente, y un máximo de diez (10) años de antigüedad contados a partir de la fecha de su matrícula”.

Las alcaldías y áreas metropolitanas seguirán siendo las encargadas de autorizar a empresas y personas naturales para prestar el servicio de transporte, así como de realizar la vigilancia y control de estas, pero las “autoridades de transporte no podrán autorizar servicios por fuera del territorio de su jurisdicción”.