El documento establece los criterios de priorización para vacunar a la población, las fases en las que se hará el proceso y la ruta para la aplicación de los biológicos.
El Gobierno Nacional emitió el decreto 109 del 29 de enero de 2021 que establece los lineamientos para la puesta en marcha del plan de vacunación contra el Covid-19 en el país. Entre otras disposiciones, el documento explica cuáles serán los criterios de priorización de los vacunados, las fases, la ruta para la aplicación de la vacuna y las responsabilidades de los diferentes actores del Sistema de Salud.
Según el decreto, serán cinco las fases en las que se desarrolle la inmunización, iniciando el 20 de enero, como informó el presidente Iván Duque. Los primeros vacunados serán los mayores de 80 años y los profesionales de la salud, así como quienes tengan “un riesgo alto de presentar un cuadro grave o morir por Covid-19”. Ellos suman 1’691.366 de personas.
Lea también: El próximo 20 de febrero Colombia inicia el plan de vacunación: Duque
Luego de esta primera fase serán vacunados, de manera progresiva, quienes tienen un riesgo moderado de presentar un cuadro grave y de morir por coronavirus o con un riesgo moderado de exposición al virus.
En la segunda a 7’192.701 ciudadanos, que son el cien por ciento de la población de 60 a 79 años y todos los trabajadores sanitarios de segunda y tercera línea.
En la tercera, a otras 2’950.431 personas: toda la población de 16 a 59 años con comorbilidades y todos los profesores de educación básica y secundaria. En la cuarta etapa se aplicarían las vacunas a 4’910.000 colombianos, entre cuidadores institucionales y la totalidad de la población en ocupaciones y situaciones de riesgo.
La norma también prohíbe la comercialización de las vacunas contra el Covid-19 adquiridas por el Gobierno Nacional. Estas, explica el documento “se aplicarán de manera gratuita a los habitantes del territorio nacional respetando el estricto orden de priorización y no podrán ser comercializadas en ninguna circunstancia”.
Además señala que quien lo haga puede enfrentar el delito de enajenación ilegal de medicamentos que, según el Código Penal, contempla una pena de cuatro años de cárcel.
Lea también: Pfizer, J&J, Moderna, AstraZeneca y Sinovac: estas son las vacunas que llegarán a Colombia
El decreto firmado por el ministro de Salud, Fernando Ruíz, y el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dice que la financiación queda a cargo del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) a través de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias- COVID19 del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.