La Corte Constitucional avaló la sobretasa de renta para los bancos en Colombia, argumentando que han sido de los pocos sectores que han incrementado sus ganancias.

La Corte Constitucional avaló la iniciativa del senador David Barguil, incluida en la ley 2010 de 2019 o ley de crecimiento económico, que establece una sobretasa en el impuesto de renta para el sector financiero. Esto dado que en los últimos años ha sido uno de los pocos sectores que ha incrementado sus ganancias, incluso en plena crisis económica.

Con esta decisión, los bancos de Colombia tendrán que contribuir con una sobretasa de cuatro puntos para el año gravable 2020 y de tres puntos en los años 2021 y 2022.

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Esta decisión, de hecho, se adiciona al Estatuto Tributario regula la tarifa general del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas en el país. “En los últimos años la banca creció cuatro veces por encima del PIB y hemos visto su absoluta insolidaridad con los colombianos en época de pandemia. Es justo que aporten un poco más y ayuden a su país”, dijo el senador.

La Corte Constitucional concluyó que al establecer la sobretarifa cuestionada, Barguil sí tuvo en cuenta la capacidad contributiva de las entidades financieras, “con lo que descartó que la sobretarifa se hubiera establecido en atención a la actividad económica de estas o al crecimiento económico del sector financiero”

Asimismo, añadió que, para efectos tributarios, los bancos “gozan de algunos beneficios tributarios con los que no cuentan las demás sociedades comerciales, por lo que no son sujetos comparables”.

El congresista resaltó que con esta sobretasa se calcula que se recaudarán más de $2 billones, los cuales se destinarán a la construcción de las vías terciarias.

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