El proyecto de ley que reglamenta dicha figura fue aprobado en Senado y pasa a conciliación para luego ser sancionado por el presidente, Iván Duque. "Se debe respetar la vida personal y los descansos a los que tiene derecho el trabajador (en la virtualidad)", dice Mintrabajo.

Dadas las circunstancias de la pandemia del coronavirus y con el fin de ayudar a preservar el empleo en medio de las restricciones para evitar contagios, el Ministerio de Trabajo llevó ante el Congreso el proyecto de ley “por el cual se regula el trabajo en casa” que da lineamientos sobre esta nueva figura que reglamenta, entre otras cosas, el derecho a la desconexión laboral.

Dicha iniciativa obtuvo el visto bueno del Senado anoche en último debate, con lo cual pasará a conciliación en Cámara para luego ser sancionado como ley por el presidente, Iván Duque. Vale aclarar que el trabajo en casa no es lo mismo que el teletrabajo, pues este último ya se encuentra regulado por leyes anteriores.

En su momento Ángel Custodio Cabrera, jefe de la cartera de Trabajo, resaltó que entre las principales diferencias que hay en el teletrabajo y trabajo en casa, el jefe de la cartera de Trabajo explicó que en la primera hay unas condiciones como el apoyo del empleador relacionado con los elementos necesarios para cumplir la labor en la casa, como por ejemplo, dispositivos móviles, internet y otros y además, el tema de riesgos laborales implicaba otras reglas.

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Los puntos clave del trabajo en casa

  • Derecho a la desconexión laboral: todo empleado que ejerza sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa tiene derecho a que se le respeten los horarios de trabajo pactados en el contrato inicial.
  • Jornada máxima laboral será de 8 horas diarias y 48 horas a la semana.
  • Las horas extra no podrán superar las dos horas diarias ni las 12 horas semanales.
  • El trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
  • Los empleadores deben promover las pausas activas.
  • Se debe respetar la vida personal y los descansos a los que tiene derecho el trabajador.
  • Auxilio a la conectividad digital: es uno de los beneficios que se reglamentó en el proyecto de ley para aquellas personas que ganan hasta dos salarios mínimos y reciben el auxilio de transporte bajo la modalidad de trabajo presencial. Así, los $106.454 del auxilio de transporte, deben ser destinados por el empleador para para cubrir gastos de conectividad del trabajador que este trabajando desde casa.