La entidad también informó que investiga a otros 14 organismos de tránsito de todo el país por irregularidades en la instalación de las cámaras de fotomultas.
La Superintendencia de Transporte, formuló cargos contra las Secretarías de Movilidad de Bogotá, Cartago y Magdalena por presuntamente haber instalado y puesto en operación en su jurisdicción cámaras de fotodetección sin señalización adecuada, ni cumplimiento con todos los requisitos exigidos por la ley.
De igual manera, 14 organismos de control de tránsito de toda Colombia están siendo investigados por los mismos motivos, mientras que la Superrransporte revisa la situación de los sistemas de fotodetección utilizados por 40 organismos de tránsito en diferentes regiones del país.
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El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, precisó que “los organismos de tránsito tienen que se conscientes que si colocan sistemas sin autorización se exponen a sanciones por parte de la Supertransporte, sin perjuicio de otras consecuencias legales. La entidad continuará escuchando a los ciudadanos para investigar a quien esté infringiendo la ley”.
Los 40 organismos de tránsito a los que se le abrió investigación preliminar corresponden a los municipios de Barranquilla, Aguachica, Palmira, El Rosal, Sabaneta, Sibaté, Floridablanca, Piendamó, Cartago, Santander de Quilichao, Fundación, La Estrella, Fonseca, Bello, Guasca, Soacha, Mosquera, Barrancabermeja, Turbaco, Envigado, Medellín, Ciénaga, Bogotá, Villeta, Cota, Los Patios, San Juan Nepomuceno, Cali, Arjona, Cajicá, Clemencia, Galapa, Planeta Rica, Codazzi, Yotoco, Yumbo y La Dorada, y los departamentos de Atlántico, Magdalena y Cundinamarca (Sede Operativa Chocontá).
En caso de que los organismos de tránsito sean encontrados responsables por los incumplimientos de los criterios técnicos y tecnológicos relacionados con la instalacion de estos dispositivos, se podrán suspender las ayudas tecnológicas hasta tanto estos cumplan con la norma. Además, podrán ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).