Los ministerios de Trabajo y Hacienda firmaron el decreto 392 que otorga deducciones a quienes estén obligados a pagar impuesto sobre la renta y ofrezcan 'primer empleo' a jóvenes.

Hasta el 120 % de los pagos que realicen por concepto de salario, se les podrá deducir a quienes estén obligados a presentar declaración de renta que ofrezcan ‘primer empleo’ a jóvenes entre los 18 y los 28 años. Así lo detemina el decreto 392 firmado por los ministerios de Hacienda y Trabajo, con el que se reglamenta el artículo 88 de la ya existente Ley 2010 de 2019.

El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, dio a conocer este jueves la medida, como parte de la gira que adelanta por el Eje Cafeero en el marco de los Encuentros Regionales para la reactivación del empleo y la formalización laboral.

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La nueva medida establece como requisito para acceder a la deducción, que Mintrabajo tendrá que expedirle al contribuyente una certificación en la que se acredite que se trata del ‘primer empleo’ del joven beneficiado. Además, para efectos de acceder a la deducción, que procederá en el año gravable en el que la persona sea contratada, debe tratarse de un nuevo empleo. “Es una medida que se acoge desde el Ministerio para impulsar el empleo y la reactivación económica”, dijo el Ministro.

Según el Ministerio de Trabajo, se considera ‘primer empleo’ cuando la persona menor de 28 años no registra afiliación y cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integral de Seguridad Social.

Requisitos para la deducción

  1. Ser contribuyente obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
  2. Realizar pagos por concepto de salarios a empleados menores de 28 años contratados con posterioridad a la vigencia de la Ley 2010 de 2019.
  3. Tratarse de nuevos empleos.
  4. Ser el ‘primer empleo’ de la persona.
  5. Obtener la certificación del Ministerio del Trabajo en la que se acredite que es el ‘primer empleo’ de quien se contrató.