La Superintendencia de Industria y Comercio le ordenó a WhatsApp cumplir con el estándar nacional de protección de datos de sus 39 millones de usuarios en el país.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le ordenó a WhatsApp que cumpla y se acople al estándar nacional de protección de datos para sus 39 millones de usuarios en el país. De no cumplirlo podría acarrearle multas.

“La decisión se tomó a través de la Resolución 29826 de mayo de 2021, luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp LLC incumple en un 57,89% los requisitos que exige la regulación colombiana”, informó la Superintendencia.

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Estas fueron las órdenes a WhatsApp:

  • Crear una Política de Tratamiento de Información (PTI) que cumpla todos los requisitos que exige la regulación colombiana. Dicha PTI debe ser puesta en conocimiento de los Titulares de los Datos domiciliados o residentes en el territorio colombiano.
  • Implementar un mecanismo o procedimiento apropiado, efectivo y demostrable para que, al momento de solicitar la Autorización de las personas les informen en idioma castellano, de manera clara, sencilla y expresa todo lo que ordena el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
  • Registrar sus Bases de Datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, respecto de los Datos que recolectan o tratan en el territorio de la República de Colombia sobre personas residentes o domiciliadas en este país.
  • Informar a la Superintendencia una dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones o notificaciones de actos administrativos.

Por último, la SIC resaltó que el incumplimiento de estas órdenes acarrea investigaciones administrativas sancionatorias que pueden generar multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes o la eventual suspensión de actividades de WhatsApp LLC en Colombia.