En la madrugada, el Gobierno expidió un decreto que ordena asistencia militar en otros territorios del país para "superar hechos de grave alteración a la seguridad".
En la madrugada de este sábado, el Gobierno Nacional expidió el decreto 575 de 2021 mediante el cual se extiende la figura de asistencia militar que había anunciado inicialmente solo para el Valle del Cauca, estará vigente en 7 departamentos más.
Los departamentos citados en la norma son: Cauca, Nariño, Huila, Norte de Santander, Putumayo, Caquetá y Risaralda. La asistencia militar se decretó para “afrontar y superar los hechos que dan lugar a la grave alteración de la seguridad y la convivencia”, cita el texto.
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La medida también regirá para los gobernadores de estos departamentos y para los alcaldes de: Cali, Buenaventura, Pasto, Ipiales, Popayán, Yumbo, Buga, Palmira, Bucaramanga, Pereira, Madrid, Facatativá, y Neiva.
“Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, serán sujetos de las sanciones a que haya lugar” dice el decreto.
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Esta son las medidas decretadas:
- Coordinar con las autoridades militares y de policía del departamento la asistencia militar, de manera que el departamento, el distrito y los municipios, pongan en ejecución este instrumento legal para afrontar y superar los hechos que dan lugar a la grave alteración de la seguridad y la convivencia, en sus respectivas jurisdicciones.
- Adoptar las medidas necesarias, en coordinación con la fuerza pública, para levantar los bloqueos internos que actualmente se presentan en las vías de sus jurisdicciones, así como también evitar la instalación de nuevos bloqueos.
- Adoptar las medidas, e implementar los planes y acciones necesarias para reactivar la productividad y la movilidad en sus respectivas jurisdicciones, entre ellas, fortalecer los controles de seguridad en las vías y las caravanas.
- Brindar el apoyo y colaboración, en el marco de sus competencias, a las autoridades pertinentes para lograrla mayor eficiencia, eficacia y celeridad en los procesos de captura y judicialización de las personas que incurren en los actos delictivos que afectan el orden público, la seguridad y la convivencia.
- Mantener informada a la opinión pública, nacional e internacional sobre los avances en el control del orden público y las denuncias de las agresiones sistemáticas contra la población, la fuerza pública, los bienes públicos y privados.
- Decretar toque de queda, frente a cualquier alteración significativa del orden público y que, en tal virtud, resulte necesario.