A poco de que termine el conteo del sufragio, la candidata de derecha presentó el recurso para anular las actas de 802 mesas de votación, lo que implicaría invalidar 200.000 votos. El candidato de izquierda Pedro Castillo la aventaja por 71.455 votos.
La candidata a la presidencia del Perú para el período 2021-2026, Keiko Fujimori, del partido de derecha Fuerza Popular, informó anoche en conferencia de prensa que su organización presentó pedidos de nulidad de votación de 802 mesas de sufragio del escrutinio del último domingo. En total, esa medida implicaría invalidar unos 200.000 votos emitidos, según estimó la hija del expresidente Alberto Fujimori.
El recurso legal presentado por Fuerza Popular llega a poco de que concluya el proceso de contabilización de actas (solo está pendiente el 0,002% de ellas), que ubica al candidato de izquierda, Pedro Castillo, en primer lugar. El postulante por el partido Perú Libre tiene 50,2% de los votos, mientras que Fujimori obtiene el 49,7%. La diferencia sigue siendo estrecha, con 71.455 votos a favor del maestro cajamarquino.
Fujimori insistió al Jurado Especial Electoral –un órgano temporal del Jurado Nacional de Elecciones que administra justicia electoral– que revise las 1.200 actas observadas durante los comicios.
Según explicó Víctor Velásquez, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, la nulidad de votación es una figura legal contemplada por la Ley Orgánica de Elecciones, admitida cuando se haya cometido fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia, para inclinar la votación a favor de un candidato. En todos los casos, es necesario acreditar medios probatorios, reparó.
En la conferencia de prensa de ayer, Fuerza Popular justificó el pedido de nulidad alegando supuestas falsificaciones de firmas de miembros de mesa, mesas conformadas por familiares (lo que está prohibido por ley) y firmas falsas. “Muchos de estos casos, en mi punto de vista, no dan para una acusación de presunto fraude”, opinó Velásquez.
Respecto a las actas observadas, Velásquez sostuvo que, a la fecha, el Jurado Especial Electoral tiene en su poder poco más de 750 actas observadas en revisión.
Tanto en el caso de los pedidos de nulidad como las actas observadas, el Jurado Especial Electoral cuenta con un plazo de tres días para emitir una resolución, que puede ser apelada por las organizaciones políticas durante los tres días siguientes, explicó. “Si en tres días se ha resuelto y nadie ha apelado (la resolución), queda consentida la resolución y vuelve a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para que (el acta) pueda ser contabilizada” precisó.
Velásquez estima probable que los partidos políticos apelen las resoluciones del Jurado Especial Electoral. En ese sentido, considera que el procesamiento de las actas de las presidenciales peruanas concluiría entre 10 a 15 días. “Hay que ser pacientes y esperar un poco y ver cómo se van resolviendo estos recursos presentados por uno y, posiblemente, por otra parte. Porque ante lo emitido por el Jurado Especial Electoral posiblemente van a haber apelaciones de uno y otro lado”, afirmó.
La tensión electoral no acabó con las impugnaciones. Al cierre de esta nota, se conoció que la fiscalía peruana pidió revocar la orden de comparecencia con restricciones que se dictó contra Fujimori y que se dicte prisión preventiva en su contra por haber incumplido resoluciones judiciales.