El nuevo año también trae alzas en los precios de servicios y productos básicos. Acá los detalles de cuánto podrá cobrarle de más su arrendador.
Con el año nuevo y el aumento del salario mínimo también llegan los incrementos en productos y servicios como el combustible, el Soat, las matrículas, los copagos del sector salud, los arriendos, entre otros.
En cuanto a los arriendos, según la ley 820 del 2003, el canon de este puede aumentar como máximo el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, que, según cifras del Dane, es del 5,62% para 2021.
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Sin embargo, esto no significa un alza inmediata en los precios de las viviendas, sino que se verá reflejado cuando el contrato que usted tenga vigente se renueve durante 2022, así lo explica Fedelonjas.
Si usted paga 1’000.000 de pesos por el arriendo de su vivienda + 150.000 pesos de administración, el incremento máximo sería el siguiente: el aumento en 2022, cuando se cumpla el año del contrato, será máximo de 56.200. pesos. Así, cuando se cumpla el año del contrato, si el arrendador le aplica el incremento legal, tendrá que pagar cada mes 1’056.200 pesos.
La administración mensual, para este ejemplo sumistrado por Fedelonjas, (150.000 pesos) se ajustará conforme a lo que decida la asamblea de copropietarios, por lo que ese ajuste se producirá en un momento diferente a aquel en que se realice el ajuste del canon de arrendamiento.