La Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá, falló a favor en el caso de un nacional mexicano mediante un amparo de garantías constitucionales presentado por su equipo legal, los nueve magistrados se pronunciaron en una resolución unánime dictaminando que hubo una afectación de derechos fundamentales al aprehenderle cuentas bancarias y bienes al empresario, sin haberle imputado cargo en su proceso durante 30 meses.
Panamá El abogado Javier A. Quintero R. presentó un amparo de garantías constitucionales ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia a favor de un empresario mexicano quien lleva una investigación en la fiscalía segunda durante 30 meses en la cual no se le han imputado cargos hasta la fecha de esta redacción.
La supuesta investigación inicia en agosto 2019, cuando la jueza andorrana María Angels Moreno Aguirre envía un correo electrónico proveniente de su cuenta personal de gmail, dirigido a la entidad bancaria Scotiabank Panamá con falsedades de carácter difamatorias en perjuicio del nacional mexicano que tenía cuentas de ahorro y plazo fijo en la entidad bancaria. El equipo legal del empresario afirmó que el contenido del correo era rotundamente falso, a razón que la jueza hacia afirmaciones que el empresario estaba “imputado” en el Principado de Andorra por blanqueo de capitales, pero lo cierto es que el empresario cuenta con un proceso congelado desde el año 2015 y el principado no le ha permitido nombrar un abogado defensor en su causa.
Al empresario se le aprehenden cuatro cuenta bancarias corporativas, dos cuenta bancarias a titulo personal, dos residencias, cuatro apartamentos y diez de vehículos, poco tiempo después al mismo se le inadmite la entrada al país al intentar ingresar en diciembre 2019, después de 36 horas de haberlo puesto en detención en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, el mismo que gozaba de residencia permanente de países amigos; este acto no le permitió continuar con su proceso presencial y dicha decisión continúa hasta la fecha.
Parte de su dinero fue transferido arbitrariamente y sin notificarle de sus cuentas en Scotiabank al Banco Nacional de Panamá, sus vehículos fueron puestos a órdenes de la Dirección de Bienes Aprehendidos del MEF los cuales están siendo utilizados por diputados de la Asamblea Nacional, la diputada del Partido Revolucionario Democrático, del circuito 8 – 1 Kayra Harding Tejada fue captada mientras utilizaba una camioneta marca Range Rover Vogue propiedad del empresario mexicano, al vehículo le habían cambiado la placa y el mismo al igual que los otros, cuentan con una deuda de miles de dólares en el Sistema de Autopistas de Panamá PANAPASS, dos vehículos fueron subastados sin haberle notificado por un precio más bajo al del mercado, posterior que en una audiencia el juez de garantías Carmelo Zambrano prohibió a un representante del Ministerio de Economía y finanzas y a los fiscales Marcos Mosquera de la Guardia e Isis del Carmen Soto Espinosa la venta de los autos. Su equipo legal presentó una demanda de inconstitucionalidad a la entidad que se encarga de salvaguardar los bienes, en respuesta esta situación pero la misma no se ha admitido.
El código procesal penal de Panamá en el artículo 286, sostiene que no se puede llevar una investigación con aprehensiones reales, sin haberle imputado cargos al investigado previamente. Bajo este argumento la Corte Suprema de Justicia revocó a decisión de NO acceder a conminar al Ministerio Público a formular la imputación.
Esta decisión fue apelada por la fiscal Isis del Carmen Soto Espinosa el pasado viernes 1 de octubre del 2021, señalando en el escrito de apelación elementos convicción ya superados y que la defensa del empresario ya ha aclarado en la carpeta de investigación, además, solicitó que no celebre actos de audiencias para la solución de esta apelación en un corto periodo. La fiscal también se ha negado a imputar cargo al empresario en variados actos de audiencias previos a este amparo, dejando una clara señal que no han podido recabar la información necesaria en los 30 meses que llevan de investigación para formular la imputación.
El representante legal del empresario Javier Quintero, en respuesta de esta apelación señaló en un escrito presentado, que la fiscalía no se ha negado que han violado los derechos humanos del empresario en la investigación y han trabajado a conveniencia para llevarlo a un limbo jurídico, del cual no tiene la oportunidad de salir por la situación que la misma fiscalía lo ha puesto, además que la actuación de la Fiscalía en este caso del empresario mexicano, ha estado caracterizada por falta de ética y desviación de poder, cometiendo abusos y arbitrariedades al cautelar el patrimonio del empresario y no imputarle cargo alguno, durante más de 2 años
Este polémico caso llevó que el fiscal adjunto de la investigación Marcos Mosquera de la Guardia el 18 de Julio del 2021, renunciará a su cargo, posterior a un acto de audiencia donde de igual manera se negaron a realizar la imputación de cargos.
Se adjunto a su cargo a la cuestionada fiscal Sandy Cedeño, misma que ha continuado afectando los intereses del nacional mexicano enfocándose en perseguir bienes, con la tentativa de expropiar las residencias posterior a falló de la Corte Suprema de Justicia de Panamá donde admiten que la orden de aprehensión de bienes fue inconstitucional por parte del Ministerio Publico panameño.
“La Corte Suprema de Panamá, el 11 de marzo del 2022 dio la sentencia para el fallo del amparo presentado, admitiendo una vulneración de derechos fundamentales por parte del Ministerio Publico panameño en perjuicio del nacional mexicano investigado”, dicha orden no se ha judicializado en el Sistema Penal Acusatorio de Panamá a razón que no han programado una audiencia solicitada por su equipo legal, desacatando por cuatro meses la orden incuestionable de la entidad de justicia más grande del país Centroamericano.
El empresario declaró: la Corte Suprema de Justicia de Panamá ha dictaminado claramente esto, lo que la fiscalía ha hecho es congelar mis bienes por 30 meses sin ninguna base, esto es ilegal y una violación de mis derechos. Sin embargo, desde que la Corte Suprema lo dictaminó el 11 de marzo, la fiscalía de Panamá lo ha ignorado y se rehusado a liberar mis bienes. Esto se da a entender que el Ministerio Publico de Panamá por más de 90 días ha desacatado la orden y la resolución de su propia Corte Suprema.