La Superintendencia de Industria y Comercio impuso medidas cautelares frente al sistema de pagos en comercios extranjeros como Netflix o Spotify.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso medidas cautelares a Visa y a Mastercard frente a la posible comisión de prácticas restrictivas de la competencia en el marco del sistema de pagos en el comercio extranjero, a través de tarjetas de crédito y débito.

La Superintendencia indicó que los pagos de bienes o servicios ofrecidos en el extranjero mediante tarjetas de crédito o débito son realizados a través del modelo “Cross Border”, que utiliza las redes de pago internacionales de las franquicias como Visa y Mastercard.

“En este sistema los compradores deben contar con una tarjeta de crédito o débito para realizar compras internacionales, aplicándose tarifas de intercambio elevadas. Adicionalmente, las transacciones son pagadas en moneda extranjera y los bancos difieren automáticamente los pagos a 24 o 36 cuotas”.

Desde hace cinco años se ha venido implementando un nuevo modelo alternativo al sistema “Cross Border”, que es el del “Agente de Retención Local” (LCA por sus siglas en inglés). Según explica la Superintendencia, bajo este nuevo sistema unos agentes crean entidades locales en cada país que conectan directamente los comercios extranjeros con los sistemas de pago y los consumidores locales.

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Estos agentes locales bajo el sistema LCA transfieren los recursos recibidos a los comercios extranjeros sin necesidad del uso e intermediación de las redes de las franquicias de las tarjetas, lo que sería un modelo menos costoso.  Esto es usualmente en pagos, por ejemplo, de servicios de ‘streaming’, como Netflix y Spotify, que se realizando bajo este modelo.

No obstante, de acuerdo con una denuncia presentada, Visa y Mastercard estarían adelantando acciones tendientes a bloquear, eliminar o hacer más costoso el modelo en varios países de América Latina (Chile, Argentina, Perú y Colombia).

“De una parte, habrían enviado cartas y comunicaciones a los bancos en Colombia señalando un posible incumplimiento de sus condiciones de uso al permitir el modelo LCA y amenazando con la imposición de multas periódicas y sucesivas, así como la revocación de las licencias de las tarjetas (pérdida de la franquicia)”, aseguraron.

Asimismo, según dice la entidad, Visa y Mastercard habrían propuesto a los bancos adquirientes que las transacciones del modelo LCA únicamente puedan ser procesadas a través de dos programas creados por estas franquicias; estos programas permitirían el uso del modelo, pero con la aplicación de tarifas y costos más elevados.

En concreto, esto entraría en funcionamiento en Colombia entre los meses de julio y septiembre de 2022, lo que significaría un aumento de las tarifas en las transacciones que oscilarían entre el 700% y el 1000%.

Ante esta investigación, la Superintendencia encontró varias pruebas que llevaron a un grado de certeza sobre la probable ejecución por parte de Visa y Mastercard de las conductas restrictivas de la competencia denunciadas: (i) violación a la prohibición general del artículo 1 de la Ley 155 de 1959; y (ii) acuerdos con el objeto y efecto de impedir a terceros el acceso a mercados o canales de comercialización (Art. 47.10 del Decreto 2153 de 1992)

Medidas cautelares

La Superintendencia ordenó a las empresas no imponer o implementar cualquier regla, programa o medida, que prohíba o restrinja la actividad económica que desarrollan los agentes en el modelo LCA en Colombia.

“Suspender de manera inmediata cualquier tipo de comunicación, reclamación o amenaza en contra de las entidades que ejercen la actividad de adquirencia en Colombia para evitar que sigan contratando con agentes que ofrecen el modelo LCA en el país”, infomaron.

La Superintendencia de Industria y Comercio también instó a las entidades financieras y bancos que ejercen la actividad en el sistema financiero a continuar contratando con los agentes que ofrecen el modelo LCA, como lo venían haciendo hasta ahora.