El mercado de los arriendos en Colombia asciende a $27,12 billones anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 1, 2 y 3.
La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) informó que los cánones de arrendamiento de vivienda se podrán incrementar en 2023 hasta un 13,12%, de acuerdo a la inflación causada del año pasado que justamente reveló este jueves el Dane.
Karina Reyes, presidente de Fedelonjas, explicó que “este incremento es de alto interés para la población colombiana pues más del 34% de las viviendas en el país están alquiladas. El incremento del canon incide no solo sobre las familias que viven en arriendo sino sobre los propietarios de las viviendas que en un 85% pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de pensión u otros ingresos adicionales, devengan su sustento de dichos alquileres”.
Reyes reveló que el mercado de los arriendos en Colombia asciende a $27,12 billones anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 1, 2 y 3.
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Es de resaltar que desde Fedelonjas se aclaró que los “arrendamientos no necesariamente se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir de la última renovación o prórroga”.
También añadieron que este reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de julio 10 de 2003 o en caso de alquiler de inmuebles para uso comercial. “En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el monto incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento”, explicaron.
Estos son algunos puntos que recomienda tener en cuenta Fedelonjas:
• El incremento es aplicable sólo al momento de la renovación o prórroga del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por escrito por parte del arrendador.
• La notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo postal autorizado o a través del canal de notificaciones dispuesto en el contrato.
• El arrendador es libre de aplicar el porcentaje en que incrementa el canon o de abstenerse de hacerlo respetando los topes previstos.
• El arrendatario en caso de incumplimiento de lo dispuesto en la norma puede acudir a los entes de control de cada municipio para solicitar el ajuste de su canon de arrendamiento, lo cual puede llegar a implicar sanciones económicas para el arrendador.
• Elija siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legales, resguarde los derechos de las partes y le ayude a elegir el bien más rentable.