La Corte Constitucional detalló que esta es una decisión que busca reducir las desigualdades entre hombres y mujeres en el país.
En un fallo histórico, la Corte Constitucional estableció que, si de acá al 31 de diciembre de 2025 el Congreso de la República no regula el tema pensional, desde el 2026 se reducirá de manera gradual el número de semanas que deben cotizar las mujeres para pensionarse.
De acuerdo con lo planteado, la reducción se daría así: 50 semanas menos en 2026 y a partir del 2027 25 semanas menos al año hasta llegar a las 1.000 semanas de cotización, 300 menos de las que las mujeres deben alcanzar actualmente.
La decisión llega después de estudiar una demanda en la que, según el demandante, la norma actual desconoce el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión.
La Sala Plena fue la encargada de determinar si se debía establecer un requisito uniforme de tiempo de cotización para hombres y mujeres, con el fin de acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media, quebrantaba los artículos 13 (igualdad), 43 (protección a la mujer y, en especial, a la cabeza de familia) y 48 (seguridad social) de la Constitución Política.
De acuerdo con la Corte, para la decisión final analizó las medidas adoptadas en el ámbito nacional e internacional para superar la brecha entre mujeres y hombres en dicho escenario.
Consideró que se han hecho avances en cuanto a reducir las desigualdades entre hombres y mujeres, aunque resultan insuficientes, en especial, para garantizar condiciones de autonomía de las mujeres, particularmente quienes son adultas mayores o están en la tercera edad.
Factores como la informalidad, la discriminación en el ámbito laboral y la invisibilidad del trabajo no remunerado en la economía del cuidado, que mayoritariamente es ejercido por las mujeres, ocasionan una deficiencia estructural que impide realizar adecuadas condiciones de justicia material para aquellas.
Para la Corte, la diferencia en la edad pensional, que ha sido el esquema tradicionalmente usado por el régimen jurídico en el país, hoy en día resulta insuficiente de cara a profundizar la aplicación del mandato constitucional por superar la discriminación por razones del género e, inclusive, se desactiva al exigírsele a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo.