Claro se defendió de las acusaciones, afirmando que toda la información "se encuentra disponible en los términos y condiciones de cada uno de los servicios ofertados".

La Superintendencia de Industria y Comercio informó este lunes que multó al operador móvil Claro Colombia con una sanción de $730.8 millones por emitir publicidad engañosa.

Según el regulador, como autoridad de vigilancia y control de protección de los consumidores, esta empresa entregó información confusa con las piezas publicitarias en las que ofertaba la promoción “SIM CARD PREPAGO 3X3 BENEFICIOS” “DISFRUTA DURANTE 3 MESES 21 GB; 7 GB CADA MES + WHATSAPP Y FACEBOOK ILIMITADOS + MINUTOS Y SMS ILIMITADOS”, la cual podría inducir a error a los usuarios.

Claro se pronunció afirmando que la compañía no ha sido  notificada formalmente de esta decisión y es una frente a la cual proceden los recursos  dispuestos por la ley, los cuales serán interpuestos en la oportunidad procesal  correspondiente.  

“Frente a lo señalado por la entidad por presunta publicidad engañosa, Claro reitera que  toda la información se encuentra disponible en los términos y condiciones de cada uno de  los servicios ofertados por la compañía y que actúa de manera transparente con sus  clientes”, dijo el operador en un comunicado a la opinión pública. “Claro Colombia actúa en el marco de la ley, respeta la normatividad vigente y siempre  trabaja por brindar toda la información necesaria a sus clientes en el país”.

Entre tanto, la SIC determinó que el engaño o la confusión se comprobó ante la falta de claridad en la información entregada en la publicidad, pues el uso del servicio de WhatsApp se ofreció de manera ilimitada, pero solo para algunos eventos de baja calidad, sin informar a los usuarios cuales eran esos eventos, y que las videollamadas podrían generar cargos o cobros adicionales o en su defecto podría no estar disponibles en dicha promoción.

El regulador coincide con el operador que frente a la la decisión proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante el Despacho de la Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.