Según Martín Gustavo Ibarra, de la consultora Araújo Ibarra, una de las principales modificaciones del Decreto 659 es que establece la obligatoriedad del uso de las declaraciones anticipadas para todas las importaciones que se realicen.
El director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, anunció que el presidente, Gustavo Petro, sancionó el nuevo estatuto aduanero que “no está escrito para contrabandistas sino para erradicar esta economía ilegal y violenta y para proteger el comercio legal y la industria nacional”.
“La situación de violencia que vivimos en Colombia se da, entre otras razones, porque se alimenta de dineros ilícitos. Las utilidades del narcotráfico regresan a Colombia en la forma de contrabando”, explicó el director de la entidad.
Según Reyes, el contrabando moviliza unos $6 billones anuales, que servirían para financiar todas las universidades públicas del país y realizar más inversión social.
“El nuevo estatuto nos permite cambiar esta realidad y empezar a actuar de una manera distinta, que empiece a generarle una verdadera afectación económica a las utilidades de los narcotraficantes y que traiga esos recursos a a salud, educación, las vías y el acceso a la justicia”, señaló Reyes.
Según Martín Gustavo Ibarra, de la consultora Araújo Ibarra, una de las principales modificaciones del Decreto 659 es que establece la obligatoriedad del uso de las declaraciones anticipadas para todas las importaciones que se realicen al país.
Adicionalmente, modifica el artículo sobre la permanencia en lugar de arribo y entrega al depósito o a la zona franca, indicando que, si no se presenta la declaración anticipada o inicial de importación o de ingreso o no se actualizan las mismas en el término establecido, operará el abandono legal.
También modifica el término para la inspección aduanera, ajusta las disposiciones respecto a la pérdida o la suspensión temporal del beneficio de pago consolidado para los OEA por el incumplimiento del pago consolidado.
El Decreto entra en vigencia de manera escalonada, es decir, si bien el decreto entra a regir transcurridos 15 días comunes desde su publicación en el Diario Oficial, gran parte de los artículos están supeditados a la certificación de la entrada en funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos.
Ibarra agregó que las derogatorias se realizan de manera escalonada, quedando algunos artículos vigentes hasta el funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos.