La Sala Plena de la Corte Constitucional desestimó los argumentos del demandante que buscaba tumbar el tributo que grava las propiedades o patrimonios con valor neto igual o superior a $3.500 millones.

Por considerar que la demanda contra el impuesto al patrimonio no cumplía con los argumentos suficientes para que existiera una decisión de fondo, la Corte Constitucional se declaró inhibida, con lo cual se metiene vigente el tributo creado en forma permanente en la reforma tributaria de 2022. 

Ante un empate 4-4 que tenía bloqueada una decisión de fondo, el fallo de la conjuez Clara Cecilia Dueñas señala:  “Declararse INHIBIDA para conocer la demanda propuesta contra los artículos 35, 36, 37, 38 Y 39 de la Ley 2277 de 2022 por los cargos propuestos por la presunta vulneración de los artículos 95.9, 363 y 317 de la Constitución Política por ineptitud sustantiva de la demanda en los términos expuestos en la parte motiva de esta providencia”.

Según el fallo, los accionantes “no identificaron un criterio de comparación de los sujetos o grupos respecto de los cuales se predica el trato discriminatorio que resulte relevante a la luz de la finalidad de la norma. En particular la Sala concluyó que la enunciación de la liquidez como criterio único de comparación no es suficiente para suscitar una duda”.

Según la reforma, están obligados a declarar impuesto al patrimonio permanente todas las personas naturales, jurídicas residentes o extranjeras que paguen renta en el país y las cuales posean un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT (($3.585.528.000 de 2025).

El ex ministro José Antonio Ocampo, autor de la reforma de 2022, celebró la decisión de la Corte Constitucional.

“Es un elemento progresivo de nuestro sistema tributario, claramente justificable en una sociedad con alta concentración del ingreso y aun más de la riqueza. Tiene, además, una larga tradición en nuestro país, ya que fue establecido por primera vez en 1936 y ha estado vigente desde entonces, con excepción de unas dos décadas”, señaló en su cuenta de X.