Según el Ministerio Público, Roa habría actuado de forma intencional, con el objetivo de ocultar información relevante al CNE sobre los gastos de la campaña.
La Procuraduría General de la Nación pidió al Consejo Nacional Electoral (CNE) sancionar a Ricardo Roa Barragán, por la violación de los topes electorales y el ocultamiento de información sobre los gastos de la campaña Petro Presidente, de la que el actual presidente de Ecopetrol fue su gerente.
En el mismo concepto, el Ministerio Público pidió sancionar a la tesorera de la campaña, Lucy Aydee Mogollón, y a los auditores, María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus.
“Se tiene que el valor final de gastos para la primera vuelta de la campaña seria entonces los $28.334.680.001,oo reportados, mas $356.102.872,oo del valor de la factura CI 8136, lo cual sumaria $28.690.782.873,oo, superando en $154.262.381,oo el límite de gastos de campaña de primera vuelta, teniendo en cuenta que el mismo estaba fijado por el CNE en $28.536.520.492”, indicó el organismo de control en el concepto remitido al CNE.
Según la Procuraduría, Roa habría actuado de forma intencional, con el objetivo de ocultar información relevante al CNE. Según el concepto, los tres habrían incumplido su responsabilidad de verificar y reportar fielmente los gastos, como el caso del arriendo del Movistar Arena.
La sanción propuesta equivale al 2% del valor girado por el Estado para la segunda vuelta presidencial, lo que se traduce en una multa cercana a $308 millones.
Estudio para medir impacto de acusaciones a Roa en EE.UU
Según una investigación de la Unidad Investigativa de El Tiempo, la Junta Directiva de Ecopetrol suscribió en 2024 un contrato con la firma Covington & Burling LLP para determinar los alcances en Estados Unidos de las investigaciones en curso sobre Ricardo Roa.
El contrato, suscrito inicialmente por cinco meses en agosto de 2024 y un monto US$587.500 para la prestación de servicios de asesoría a la Junta en temáticas de Ley de Estados Unidos y representación de la Junta ante autoridades relevantes, fue ampliado hasta el 31 de diciembre de 2025.
Como resultado de ello, también fue incrementado el monto inicial hasta US$5.875.000 después de que el Comité de Auditoría y Riesgos de Ecopetrol solicitara -en junio de 2024- adelantar la contratación con una firma estadounidense de un estudio independiente dirigido a revisar los procesos realizados por la Junta Directiva y adoptados por Ecopetrol S.A en relación con la vinculación del actual Presidente de la compañía y otros asuntos solicitados por la Junta Directiva.
“Dicho estudio se realizará con base en la información existente en el Grupo Ecopetrol en relación con la vinculación del Presidente de Ecopetrol S.A relacionados con hechos sobrevinientes a su vinculación a la Empresa, su potencial o eventual existencia de conflictos de intereses de tales actuaciones y su rol como Presidente de Ecopetrol S.A., entre otras posibles conductas”.
El memorando motivador de Ecopetrol indica que el 26 de septiembre de 2024, la firma Covington asistió al Comité de Auditoría y Riesgos de la Junta Directiva (CAJD) con el fin de exponer en sesión privada, los avances preliminares del estudio contratado.
“Como resultado de lo expuesto, el presidente del Comité de Auditoría y Riesgos de la Junta Directiva, solicitó a Covington & Burling LLP realizar un análisis de impacto de los eventuales escenarios de riesgo asociados a la compra del apartamento por parte del señor Ricardo Roa Barragán, antes de ser designado como Presidente de la Compañía; a su vez, el Comité solicitó al asesor externo continuar con el estudio contratado y con las recomendaciones efectuadas en su exposición”.
“En octubre y noviembre 2024, la Dirección Corporativa de Cumplimiento- RCU, sostuvo diferentes sesiones de trabajo con Covington & Burling LLP para ejecutar la instrucción dada por el CAJD, entre otros alcances, relacionados con posibles conductas en las que pudo participar el Presidente de Ecopetrol S.A, señor Ricardo Roa Barragán, las cuales, deben ser verificadas con el fin de gestionar los posibles riesgos de cumplimiento”.
“En este sentido, esta Dirección, conforme con su rol y responsabilidad, debe asegurar la verificación independente, objetiva y trasparente de la instrucción dada por el CAJD y de la Junta Directiva de Ecopetrol S.A. Adicionalmente, al ser Ecopetrol S.A una sociedad por acciones, que cotiza, entre otras en la bolsa de Nueva York, debe acatar parámetros internacionales de cumplimiento, normas anticorrupción y especificamente la ley “Foreign Corrupt Practices Act (FCPA por sus siglas en inglés)”, así como el régimen de sanciones económicas de EEUU y otras disposiciones”.