Los colombianos se alistan para las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026, en las que se elegirán los nuevos integrantes del Senado y la Cámara de Representantes. Los votantes y jurados de votación podrán recibir beneficios laborales y educativos con el certificado electoral que acredita su participación en el proceso electoral.
El 8 de marzo de 2026 se celebrarán las elecciones legislativas para conocer los nuevos miembros del Senado y la Cámara de Representantes. Los congresistas que resulten electos tendrán la tarea de aprobar y crear leyes durante el período presidencial que irá desde el presente año hasta el 2030. En la misma jornada, el país definirá los candidatos presidenciales que avanzan a la primera vuelta.
Participar en el proceso democrático trae consigo distintos beneficios, siempre que se cuente con el certificado electoral, que sirve como constancia de haber ejercido el voto. Entre los incentivos más conocidos está el descanso laboral compensatorio. De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, los ciudadanos que participen en la votación tienen derecho a medio día de descanso remunerado; sin embargo, este debe ser concertado con el empleador dentro de los 30 días siguientes a la elección.
Por su parte, quienes sean designados como jurados de votación tienen derecho a un beneficio adicional. Según el artículo 105 del Código Electoral, estas personas pueden acceder a un día completo de descanso compensatorio remunerado, que podrá hacerse efectivo ante su empleador dentro de los 45 días posteriores a la jornada electoral.
La Registraduría Nacional señaló que la normativa aplica para todos los tipos de contrato laboral, sin excepción alguna. En caso de que el empleador se niegue a permitir el descanso correspondiente, el trabajador puede presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo.
Para acceder a estos beneficios es necesario presentar la documentación correspondiente. Los votantes deberán mostrar el certificado electoral, mientras que quienes hayan ejercido como jurados deberán presentar tanto el certificado como el acta que acredita su participación como jurado de votación.
Ante las tensiones políticas y la incertidumbre de voto, la entidad pública tomó la decisión de promover otros incentivos. Por ejemplo, los ciudadanos que hayan votado pueden obtener una rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar si son soldados bachilleres o auxiliares, y una disminución de hasta dos meses si se trata de soldados campesinos o regulares.
En materia educativa, los estudiantes de instituciones de educación superior tienen derecho a un descuento del 10 % en el costo de la matrícula, según con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 815 de 2003.
Asimismo, los planes de financiamiento educativo del Estado brindarán prelación al estudiante que acuda a las urnas, por lo que, si dos estudiantes logran el mismo puntaje en un examen de admisión a una universidad, se dará preferencia a quien tenga el certificado electoral. Lo mismo ocurre en la asignación de becas educativas, tierras rurales o subsidios de vivienda, en caso de que los aspirantes cumplan con los mismos requisitos y estén en igualdad de condiciones, la persona que haya ejercido su derecho al voto tendrá preferencia.
Por otro lado, los ciudadanos que realicen trámites oficiales como la expedición del pasaporte tendrán un descuento del 10% al momento de expedir el documento. La medida también aplica para el proceso inicial y duplicados de la libreta militar, así como para los duplicados de la cédula de ciudadanía a partir del segundo.
La incentivación se da en un contexto de tensiones políticas e incertidumbre nacional por cuenta de las elecciones legislativas. Mientras que el Estado trabaja para garantizar el derecho al voto de todos los colombianos.
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