El gobierno de Gustavo Petro derogó mediante decreto los criterios específicos vigentes desde 2015 para designar a los jefes de las superintendencias de Industria, Finanzas y Sociedades, y abre la puerta a consultas ciudadanas no vinculantes en el proceso de selección.

El gobierno colombiano expidió el decreto 0226 de 2026, que modifica el procedimiento para designar a los superintendentes de Industria y Comercio, Financiero y de Sociedades, reduciendo las exigencias académicas y de experiencia requeridas para acceder a esos cargos y alineándolas con las normas generales que rigen otros empleos directivos del Estado.

La medida deroga el decreto 1817 de 2015, expedido durante la administración de Juan Manuel Santos, que exigía título profesional, posgrado o maestría en áreas afines, y al menos diez años de experiencia profesional en funciones relacionadas con el cargo o en docencia. Con el nuevo decreto, los requisitos quedan sujetos a la tabla general de empleos de nivel directivo del Estado, que en su rango mínimo exige únicamente título profesional y 12 meses de experiencia, y en su rango máximo, título de maestría y hasta 84 meses de experiencia.

El decreto, firmado también por el ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, y la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, ratifica que los cargos de superintendente son de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. Al mismo tiempo, establece que la Presidencia podrá realizar una invitación pública previa, mediante publicación en su portal oficial, para que los interesados que acrediten los requisitos presenten su postulación.

Antes de efectuar el nombramiento, el Presidente podrá solicitar la opinión de organizaciones ciudadanas, sociales, universitarias o académicas sobre el buen crédito de los aspirantes, así como realizar entrevistas a algunos de los candidatos. El decreto precisa, sin embargo, que esas opiniones no tendrán carácter vinculante sobre la decisión final.

El cambio normativo pone en entredicho el cumplimiento de los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a cuyas recomendaciones respondían precisamente los requisitos específicos que ahora se eliminan. Colombia es miembro de la organización, que promueve criterios de idoneidad técnica para cargos de regulación y supervisión económica.

Las tres superintendencias afectadas por la medida ejercen funciones de inspección, vigilancia y control sobre sectores estratégicos de la economía colombiana: mercados financieros, competencia y protección al consumidor, y sociedades comerciales.

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