La nueva directriz aplica para vuelos nacionales e internacionales y fija límites sobre transporte, uso y recarga de bancos de energía.

La Aeronáutica Civil de Colombia actualizó las directrices para el transporte de bancos de energía, también conocidos como power banks, y baterías de ion-litio en vuelos nacionales e internacionales. La medida entró en vigencia el 27 de marzo de 2026 y establece condiciones obligatorias para pasajeros, aerolíneas y gestores aeroportuarios.

De acuerdo con la entidad, los power banks solo podrán transportarse en el equipaje de mano. Queda prohibido llevarlos en el equipaje facturado o de bodega, condición que aplica para los bancos de energía y para las baterías de repuesto.

La nueva directriz también fija un límite por pasajero: cada viajero podrá llevar máximo dos baterías de repuesto o dos bancos de energía. Además, cada unidad deberá estar protegida de manera individual para prevenir cortocircuitos o activaciones accidentales.

Asimismo, habrá condiciones según la capacidad del equipo: hasta 100 Wh, el transporte está permitido de manera habitual; entre 100 Wh y 160 Wh, se requiere autorización previa de la aerolínea.

Otra de las reglas centrales es que estos dispositivos no podrán usarse ni recargarse durante el vuelo. La Aerocivil señaló que está prohibido emplearlos para suministrar energía a otros equipos electrónicos a bordo de la aeronave.

La actualización está fundamentada en la Adenda 1 al Documento 9284 de la Organización de Aviación Civil Internacional, sobre instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea, edición 2025-2026.

Aerocivil recomendó a las aerolíneas y gestores aeroportuarios actualizar sus procedimientos operativos, manuales y programas de instrucción para aplicar estas directrices y armonizar las operaciones aéreas del país con los estándares internacionales.

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