La investigación está relacionada con las denuncias de cuatro mujeres que trabajaban en Caracol Televisión por hechos que habrían ocurrido entre 2024 y 2026. La fecha de la audiencia todavía no ha sido definida.

Una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia solicitó la realización de una audiencia de formulación de imputación contra el periodista Jorge Alfredo Vargas Angulo por la presunta comisión del delito de acoso sexual.

La petición fue radicada este miércoles 15 de julio y deberá ser asignada a un juez de control de garantías, encargado de programar la diligencia. Hasta el momento no se ha informado cuándo se llevará a cabo la audiencia. 

La investigación reúne las denuncias de cuatro mujeres que trabajaban en Caracol Televisión, uno de los principales canales privados del país. Los hechos puestos en conocimiento del ente acusador habrían ocurrido entre 2024 y 2026, de acuerdo con la información confirmada por fuentes de la Fiscalía a distintos medios. 

Por ahora, la entidad no ha publicado un comunicado que detalle los hechos jurídicamente relevantes, la fecha exacta de cada denuncia o los elementos recopilados durante la indagación. Tampoco se conoce una decisión judicial de fondo sobre la responsabilidad del periodista.

La formulación de imputación no equivale a una condena. El artículo 286 del Código de Procedimiento Penal establece que se trata del acto mediante el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona su condición de imputada y los hechos por los que está siendo investigada. 

El caso comenzó a ser investigado de manera formal en marzo. En el Comunicado de Prensa 429, publicado el 24 de ese mes, la Fiscalía anunció la apertura de una “iniciativa investigativa” frente a las denuncias reveladas por una cadena de televisión contra dos periodistas y presentadores por presunto acoso sexual. La entidad también habilitó un correo especializado para recibir y coordinar denuncias sobre estas conductas con enfoque de género. 

Ese mismo día, Caracol Televisión informó que había terminado de mutuo acuerdo su relación laboral con Vargas, quien estuvo vinculado durante cerca de 20 años con el canal. La compañía sostuvo que esa medida no constituía un juicio sobre los hechos ni una conclusión acerca de responsabilidades individuales. 

Tras su salida, el periodista aseguró que había desarrollado su trabajo bajo parámetros de respeto y buen comportamiento. También señaló que, si alguna persona había tenido una percepción distinta sobre su conducta, la respetaba, pero afirmó que su actuar “nunca tuvo esa intención”. 

El delito de acoso sexual está contemplado en el artículo 210-A del Código Penal. La norma sanciona a quien, valiéndose de una posición de superioridad o de poder, hostigue o asedie física o verbalmente a otra persona con fines sexuales no consentidos. La pena prevista es de uno a tres años de prisión. 

No se conocía, al cierre de esta publicación, un nuevo pronunciamiento de Vargas o de su defensa sobre la solicitud de audiencia. La definición de la fecha marcará el momento en el que la Fiscalía deberá exponer formalmente ante el juez los hechos que pretende imputarle.

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