La Ley 2586 de 2026 redefine las facultades de la DIAN en materia de comercio exterior, amplía los mecanismos de control y actualiza el régimen sancionatorio que deberán tener en cuenta las empresas que importan, exportan o realizan operaciones aduaneras.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) inició este martes la socialización de la Ley 2586 de 2026, que establece un nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías para las operaciones de comercio exterior. La norma redefine las facultades de la autoridad aduanera, incorpora nuevas medidas cautelares, crea un comité para revisar aprehensiones y actualiza las sanciones aplicables a quienes incumplan las obligaciones aduaneras.

Estos son algunos de los principales cambios que deben conocer las empresas que importan o exportan en Colombia:

Más facultades para la DIAN

Con la entrada en vigor de la ley, la autoridad aduanera amplía sus herramientas de control y fiscalización. Entre las principales facultades se encuentran:

  • Requerir información a otras entidades y apoyarse en la Fuerza Pública cuando sea necesario para ejercer labores de control.
  • Realizar auditorías posteriores al despacho de mercancías.
  • Inspeccionar establecimientos de comercio, bodegas y demás lugares donde se almacenen mercancías.
  • Revisar documentos contables, financieros y comerciales relacionados con operaciones de comercio exterior.
  • Solicitar información y practicar pruebas para verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

Ahora bien, uno de los cambios más relevantes es que la autoridad aduanera podrá verificar si el importador o exportador cuenta con la capacidad económica y financiera suficiente para realizar la operación y si puede demostrar el origen legal de los recursos utilizados.

Para ello podrá solicitar estados financieros, certificados sobre el origen de los fondos, realizar visitas y consultar bases de datos de otras entidades. Si el usuario no acredita estos aspectos, la mercancía podrá ser aprehendida.

Nuevas medidas cautelares

La Ley 2586 también fortalece las medidas preventivas que puede adoptar la DIAN mientras adelanta una actuación administrativa. Entre ellas se encuentran la inmovilización de mercancías, la retención temporal para verificar información del consignatario o importador, la custodia de mercancías cuando existan inconsistencias documentales, el acompañamiento de la carga durante su traslado y la instalación de dispositivos de seguridad o trazabilidad.

Además, crea un Comité de Revisión de Aprehensiones, una instancia que permitirá a los usuarios aduaneros solicitar una revisión técnica de las decisiones adoptadas por la autoridad antes de que el proceso administrativo continúe. Según la ley, este mecanismo busca fortalecer las garantías del debido proceso y unificar criterios en la aplicación de las causales de aprehensión.

¿Qué implica para las empresas?

Con la entrada en vigor del nuevo régimen, las empresas que realizan operaciones de comercio exterior deberán revisar sus procesos de cumplimiento, mantener actualizada su información ante la DIAN y contar con la documentación que respalde tanto sus operaciones como el origen de los recursos utilizados.

La Ley 2586 también redefine el esquema de sanciones al clasificar las infracciones en leves, graves y gravísimas, con medidas que van desde amonestaciones escritas hasta multas, suspensión o cancelación de autorizaciones, según la gravedad de la conducta. Además, contempla beneficios para quienes incurran por primera vez en una infracción leve y la corrijan oportunamente, siempre que cumplan las condiciones previstas en la norma.

En conjunto, el nuevo régimen busca fortalecer el control aduanero y modernizar las herramientas de fiscalización de la DIAN. Para las empresas, el principal reto será adaptarse a las nuevas exigencias y reforzar sus mecanismos de cumplimiento para reducir el riesgo de sanciones o aprehensiones de mercancías.

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Reporte de Luisa Triana