La nueva medida exige la presencia de un agente de tránsito para operar estos dispositivos y establece que las cámaras automáticas deberán contar con autorización de la ANSV.
El Ministerio de Transporte expidió este viernes la resolución que deroga la circular 867 de 2025, que permitía que los vehículos equipados con cámaras utilizados como apoyo a los agentes de tránsito en el país, importar multas. La medida, anunciada por la Ministra de Transporte Elsa Noguera, establece reglas claras para el uso de estos vehículos .
“Hemos tomado estas acciones siguiendo la instrucción que nos dio el presidente Abelardo De La Espriella: las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos”, afirmó.
Con la nueva medida, cuando estos equipos sean utilizados como apoyo al control en vía, deberá estar presente un agente de tránsito, visible e identificado, que opere directamente el dispositivo y expida el comparendo.
Si la cámara opera de manera automática, sin la presencia del agente, y el comparendo se genera posteriormente, deberá contar con autorización previa de la ANSV y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.
Datos clave
- Según el Ministerio, la Circular 867 de 2025 estableció requisitos que no estaban previstos en la ley y terminó confundiendo dos figuras distintas: las cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.
- Esta situación permitió que vehículos equipados con cámaras fueran utilizados para detectar infracciones y generar posteriormente comparendos, sin contar con la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) exigida para los sistemas de fotodetección.
- De acuerdo con la normativa, el SIMIT no registrará las órdenes de comparendo generadas mediante estos vehículos cuando no cumplan con los requisitos.
- La Superintendencia de Transporte será la encargada de vigilar el cumplimiento de la medida.
“Con esta decisión estamos poniendo orden en las vías: la tecnología debe estar al servicio de la seguridad de los colombianos y el control de tránsito debe cumplir su verdadero propósito: prevenir accidentes y salvar vidas”, concluyó la ministra.
Ahora bien, la medida no elimina ni afecta las cámaras de fotodetección que operan legalmente.
Reportado por Luisa Triana.
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