El Gobierno expidió tres decretos que habilitan recursos territoriales, crean un fondo para centralizar la financiación de la emergencia y destinan recursos a la recuperación de infraestructura y servicios esenciales tras el sismo del 10 de agosto.
El Gobierno de Abelardo De la Espriella expidió tres decretos legislativos para ampliar y reorganizar las fuentes de financiación destinadas a atender la emergencia provocada por el terremoto del 10 de agosto. Las medidas contemplan desde el acceso extraordinario de departamentos y municipios a recursos del FONPET hasta la creación del Fondo Milagro y la destinación de recursos para garantizar el servicio de energía en las zonas afectadas.
Las disposiciones fueron adoptadas en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica y buscan acelerar la atención de las comunidades damnificadas, así como la recuperación de infraestructura pública y servicios esenciales.
Fondo Milagro concentrará recursos para la reconstrucción
El Decreto 1379 crea el Fondo Milagro, un patrimonio autónomo destinado a concentrar recursos para financiar la atención humanitaria, la recuperación y la reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo.
El mecanismo podrá recibir recursos del Presupuesto General de la Nación, donaciones públicas y privadas, cooperación nacional e internacional, aportes de entidades territoriales, operaciones de crédito público, fondos especiales y otros ingresos destinados legalmente a atender la emergencia.
Los recursos podrán dirigirse a sectores como vivienda, salud, educación, transporte, agua potable, saneamiento básico, energía, telecomunicaciones, infraestructura y reactivación económica, además de proyectos para la reducción del riesgo.
El fondo también podrá financiar estudios, diseños, obras, interventorías, supervisiones y asistencia técnica necesarias para los procesos de recuperación y reconstrucción.
Uno de los componentes centrales del decreto es el esquema de administración y control de los recursos. Según la Presidencia, el dinero permanecerá, por regla general, en la Cuenta Única Nacional y será girado directamente a los beneficiarios finales una vez se certifique el cumplimiento de las obligaciones, la entrega de bienes o la ejecución satisfactoria de los servicios contratados.
El Fondo Milagro estará dirigido por un Consejo Directivo con participación de representantes de la Presidencia de la República, el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Hacienda y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
También contará con un gerente encargado de coordinar la ejecución de los proyectos y presentar informes sobre su avance. El esquema contempla, además, el control fiscal de la Contraloría General de la República y una auditoría independiente seleccionada mediante convocatoria pública y competitiva.
El patrimonio autónomo permanecerá vigente durante el tiempo necesario para completar los planes y proyectos asociados a la emergencia.
Municipios podrán acceder a recursos del FONPET
El Decreto Legislativo 1383 establece un plazo extraordinario, por una única vez, para que las entidades territoriales afectadas por el sismo puedan acceder a recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET).
Los departamentos y municipios tendrán 30 días hábiles para acreditar los requisitos y 45 días hábiles para solicitar el retiro de los recursos destinados a la nómina de pensionados.
De acuerdo con el Gobierno, la medida busca que los territorios puedan utilizar recursos que ya están disponibles para atender sus obligaciones pensionales y, de esta manera, liberar recursos propios para responder a las necesidades de la emergencia.
La Presidencia enfatizó que esta posibilidad no modifica las obligaciones pensionales ni busca reducir la cobertura exigida por la ley. La utilización de los recursos estará sujeta a las reglas establecidas para garantizar el cumplimiento del pasivo pensional.
El decreto también establece el mismo plazo extraordinario para que las entidades territoriales afectadas tramiten el acceso a excedentes del FONPET correspondientes a los sectores de educación y propósito general, manteniendo el nivel de cobertura pensional requerido.
Una tercera disposición permite que los municipios afectados utilicen durante 2026 excedentes del sector salud del FONPET para la recuperación, adecuación y rehabilitación de la red pública hospitalaria que haya resultado afectada por el terremoto.
Recursos para mantener el servicio de energía
De manera complementaria, el Decreto 1380 contempla recursos excepcionales para respaldar a las empresas prestadoras del servicio de energía en las zonas afectadas y avanzar en la reparación de las redes e infraestructura que resultaron dañadas.
El objetivo es garantizar la continuidad del suministro en lugares esenciales para la atención de la emergencia, entre ellos hospitales, acueductos, albergues y hogares.
En palabras de Miller Soto, vocero de la Presidencia, el objetivo de las medidas es que los territorios afectados puedan disponer de recursos que ya tienen y liberar capacidad financiera para responder con mayor rapidez a las necesidades de la población.
“Este decreto abre una puerta que estaba cerrada para que los territorios afectados puedan acceder a recursos que les pertenecen”, señaló el vocero al explicar las medidas adoptadas por el Ejecutivo.
Reportado por Luisa Triana
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