Un juez de conocimiento determinó la responsabilidad penal de Juan Carlos Suárez y Ricardo González en la muerte de Jaime Esteban Moreno, tras validar el material probatorio de la Fiscalía que descartó la tesis de una riña y confirmó un ataque coordinado.
Un juez de conocimiento de Bogotá emitió un fallo condenatorio en contra de Juan Carlos Suárez Ortiz y Ricardo Rafael González al determinar su responsabilidad penal en el homicidio de Jaime Esteban Moreno, un estudiante de 20 años de la Universidad de los Andes.
Los hechos materia de la decisión judicial se registraron durante la madrugada del 31 de octubre de 2025 en la capital del país. Durante la diligencia, la autoridad judicial avaló los argumentos de la Fiscalía General de la Nación, concluyendo que el deceso del joven fue el resultado de una actuación voluntaria, consciente y producto de un aporte conjunto por parte de los procesados.
En el marco de la lectura de la sentencia, el juzgado descartó las tesis planteadas por la defensa, las cuales buscaban tipificar el caso como una riña mutua o un homicidio preterintencional. Por el contrario, el despacho estableció que existió un acuerdo para perpetrar la agresión y que el ataque se ejecutó mientras el afectado carecía de capacidad de reacción.
Sobre esta falta de herramientas para repeler las acciones, el expediente de la Fiscalía precisó:
“La víctima fue puesta en condición de inferioridad e indefensión”.
La reconstrucción judicial del caso evidenció que Moreno y su acompañante, Juan David Cárdenas, intentaron alejarse del lugar de los hechos tras una primera confrontación. Sin embargo, fueron interceptados por los agresores, quienes continuaron el ataque hasta derribar al universitario. Sobre la dinámica de este evento, el documento del ente acusador detalla:
“Aunque Juan Carlos Suárez fue el primer agresor, en uno de los videos se observa que Ricardo González corre a una velocidad terrible y va a parar contra la humanidad de Jaime Alberto Moreno y lo agrede en el suelo”.
Frente a esta situación, el juez concluyó en su providencia:
“La condición de inferioridad era clara para los procesados y pese a ello, prosiguieron su actuación criminal. La violencia continuó al punto de aprovecharse y causa la muerte de Jaime”.
El acervo probatorio que sustentó la condena incluyó análisis técnicos, videos captados por cámaras de seguridad de un establecimiento comercial y los testimonios de al menos ocho personas que presenciaron el suceso y solicitaron detener las agresiones.
Estos elementos permitieron a la Fiscalía demostrar que los implicados tenían conocimiento del daño que sus acciones generarían. Durante su intervención para sostener la acusación, la delegada fiscal se dirigió a uno de los procesados señalando:
“Usted sabía que golpear a una persona de manera contundente y a una zona vital como lo era en la cabeza llevarían a su muerte”.
Registrado por Juan Camilo Torres Alarcón
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