Un "pacto de caballeros" entre clubes para restringir fichajes le costó al fútbol colombiano más de $8.000 millones en sanciones de la SIC.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por más de $8.000 millones a cinco clubes de fútbol profesional y a la Dimayor, por implementar un sistema que limitó la libre competencia económica y restringió la movilidad laboral de los jugadores.
Las entidades sancionadas son:
- Deportivo Boyacá Chicó Fútbol Club S.A.
- Unión Magdalena S.A.
- Asociación Deportivo Pasto
- Envigado Fútbol Club
- Jaguares de Córdoba S.A.
- Corporación Deportiva Dimayorista (Dimáyor)
Según la SIC, estos clubes, junto con la Dimayor, concibieron un sistema que limitó la libre competencia económica en el mercado laboral del fútbol profesional. La investigación reveló que el mecanismo operaba a través del envío de comunicaciones entre los clubes, con conocimiento de la Dimayor. En estas comunicaciones se informaba sobre la situación laboral de jugadores específicos, especialmente cuando existían conflictos contractuales o cuando los clubes tenían la intención de contratar a determinados futbolistas.
Este sistema funcionaba como un “pacto de caballeros” o un “llamado ético”, incluso invocando conceptos de “solidaridad de gremio”. La SIC estableció que estas comunicaciones permitían que los equipos destinatarios pudieran tener información privilegiada que no estaba disponible para otros actores del mercado.
La entidad determinó que esta práctica tuvo varios efectos anticompetitivos, pues limitó la movilidad laboral de los jugadores, distorsionó el mercado laboral deportivo y restringió la competencia mediante el intercambio de información sensible entre competidores que limitó la dinámica competitiva que debe existir en cualquier mercado.
Ahora bien, la participación de la Dimayor fue considerada fundamental en este sistema. Como organización que agrupa a los clubes de fútbol, su rol en facilitar o permitir este tipo de comunicaciones fue visto como una forma de legitimar acciones que contravenían las reglas del libre mercado.
La SIC enfatizó que la remisión de este tipo de información, más allá del consentimiento de las partes, puede tener un impacto negativo en la libre competencia y en la movilidad de los futbolistas.
Aunque en el fútbol profesional existen reglamentaciones que permiten resolver controversias sobre derechos deportivos y económicos de forma general, la SIC aclaró que estas normas no pueden utilizarse para restringir la movilidad laboral de los jugadores.
Los clubes y la Dimayor deberán ajustar sus procedimientos para garantizar que las negociaciones y contrataciones se realicen en un entorno de libre competencia, donde la información privilegiada no sea utilizada para limitar las oportunidades de los jugadores.
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