Esta medida, una de las tomadas por el Gobierno para mitigar los efectos económicos de la pandemia, permite que los propietarios de servicio público retiren hasta el 85 % de los recursos aportados para la reposición de estos.

Una de las medidas tomadas por el Gobierno Nacional para mitigar los efectos económicos generados por la pandemia en el sector transporte e infraestructura, fue permitirles a los propietarios de los vehículos de servicio público retirar hasta el 85 % de los recursos aportados para la reposición de estos.

Partiendo de los pronunciamientos hechos por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, quisiera explicar algunos aspectos sobre esta devolución de dineros, con la que se busca el beneficio de las empresas de transporte y de los propietarios de los vehículos:

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  • ¿Cuál es la finalidad de la devolución de los aportes?

Esta medida se expidió para garantizar un ingreso mínimo a los propietarios de los vehículos, dejando un 15 % de los recursos que se conservan para la futura reposición del vehículo de servicio público.

  • ¿Hasta cuándo se pueden retirar los recursos del fondo?

El retiro de hasta el 85 % de los recursos está permitido durante la emergencia sanitaria. Quien desee retirar los recursos aportados debe tener en cuenta que actualmente la emergencia sanitaria está declarada hasta el 31 de mayo de 2021.

  • ¿Debe cumplirse algún requisito según la ley para retirar los recursos?

No. En el decreto legislativo 575 de 2020 no se “previó requisitos que deba cumplir el propietario del vehículo que haya realizado aportes al fondo de reposición”. Esto sin perjuicio de que la fiducia o entidad financiera que administre los recursos requiera documentación con el fin de transferir los recursos a la cuenta del propietario.

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  • ¿Qué pasa si el vehículo ya no está vinculado a la empresa que recibió los recursos?

No hay ningún problema. En el decreto legislativo no se estableció como condición que el vehículo deba estar vinculado a una empresa de transporte para poder retirar los dineros aportados. Frente a este tema, si un vehículo se desvinculó de una empresa, pero no se efectuó el traslado de los recursos a otra empresa, el decreto indica que “quien debería efectuar la devolución será la empresa en la cual el propietario del vehículo aportó los dineros destinados al fondo y que no se trasladaron”.

  • ¿Qué pasa si la empresa no le devuelve los recursos al propietario que así lo solicite?

Sin perjuicio de las acciones civiles y penales que correspondan, la Superintendencia de Transporte tiene la competencia para investigar a las empresas de transporte vigiladas por esta entidad. En el caso de las empresas de transporte urbano, la entidad competente para investigar a la empresa será el organismo de tránsito correspondiente.

La Superintendencia ya ha impuesto 13 sanciones contra empresas que no devolvieron los recursos reclamados por los propietarios, con multas que han superado los 795 millones de pesos. Además, actualmente adelanta 33 investigaciones por la misma situación

Es importante recordar que en ningún caso la empresa de transporte podrá percibir los rendimientos de los recursos aportados, los cuales deberán destinarse a acrecentar la cuenta correspondiente al vehículo. Estos dineros tienen un valor especial en medio de la emergencia sanitaria, pues permiten a los propietarios de los vehículos de transporte contar con un ingreso que mitigue los efectos negativos de la pandemia.

Por: Camilo Pabón Almanza*
*Superintendente de Transporte

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