La Supertransporte no solo investiga a empresas del sector. Hoy las compañías también pueden ser denunciantes. Le contamos cómo y en qué casos.

La Superintendencia de Transporte fue, por mucho tiempo, conocida sólo por investigar empresas del sector. Eso se transformó, pues hoy las empresas también pueden ser las denunciantes, solicitando protección para que otros sujetos (tales como industriales y comerciantes que hayan obrado como generadores de carga) sean investigados ante el incumplimiento de sus obligaciones.

Se trata de un cambio mayor. Vale la pena recordar que durante 20 años la Superintendencia de Transporte se enfocó en investigar a empresas de transporte terrestre. En ese periodo, la entidad recibió 838.385 Informes Únicos de Infracción al Transporte (IUIT), que generaron investigaciones y sanciones contra las respectivas empresas.

Lea también: Lo que hay que saber de la devolución de recursos de los fondos de reposición

En los últimos tres años hubo un giro de 180 grados en esta entidad. En lo sustancial, se entendió que las leyes de transporte no sólo se les aplican a las empresas habilitadas, sino a cualquier sujeto que tenga alguna responsabilidad en este sector.

Así, por primera vez la Superintendencia adelanta investigaciones, e incluso ya ha impuesto las primeras sanciones, contra compañías de seguros, industriales, comerciantes, usuarios, entre otros. Lo anterior abre el espacio para que las empresas de transporte asuman un nuevo rol, solicitando protección en la entidad.

En lo procesal, este año tanto el Consejo de Estado (2020-00226) como el Tribunal Administrativo de Cundinamarca (2017-01935) respaldaron a la Superintendencia de Transporte y estas funciones, indicando que “para garantizar la aplicabilidad de tal normativa, se ha establecido un régimen legal de sanciones imponibles por las autoridades competentes, ante las infracciones a la misma. (…) el artículo 9° de la Ley 105 de 1993 establece cuáles son las personas y empresas que pueden estar sujetas a la imposición de sanciones por infracciones a las normas sobre el transporte público y cuáles son dichas sanciones. (…) se destaca de la normativa citada, que en efecto, el ejercicio de las facultades sancionatorias de la Superintendencia de Transporte puede recaer en personas que no necesariamente están sometidas a la inspección, vigilancia y control de dicha autoridad”.

Así, esta entidad dejó de ser la superintendencia de las empresas de transporte, para tener ahora un protagonismo como la Superintendencia de toda la cadena logística.

Lea también: ¿Si envío una encomienda o trasteo puedo ser protegido bajo la Ley de Consumidor?

Las primeras sanciones que se han impuesto frente al incumplimiento de obligaciones de cuatro generadores de carga han superado los $550 millones de pesos (cfr. Resoluciones 7259, 7366, 7367 y 7728 de 2021). Esto debe hacer reflexionar a los industriales y comerciantes sobre cuáles y cuántas obligaciones tienen frente al sector transporte.

No sobra mencionar algunas, como cargar y descargar la mercancía dentro de los tiempos pactados en el contrato de transporte y, en todo caso, dentro de los tiempos previstos en el artículo 5 del decreto 2228 de 2013; adecuar la logística para la ubicación de los vehículos en los lugares de origen o destino; reportar la información al RNDC, y pagar los valores del contrato de transporte en cumplimiento del régimen de relaciones económicas vigente; entre otros.

Así, esta renovada Superintendencia de toda la cadena logística abordará los problemas del sector exigiendo a todos los actores, y no sólo a las empresas de transporte, el cumplimiento estricto de la ley.

Por: Camilo Pabón Almanza*
*Superintendente de Transporte.

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes Colombia.