La SIC encontró que, debido al gran parecido de los empaques de ambas marcas, los consumidores podrían confundirse a la hora de adquirirlos. Por eso, ordenó retirar del mercado seis referencias de las populares gomas.
Continúa la disputa entre las marcas de gomas Trolli (de Comestibles Aldor) y Trululu (de Súper de Alimentos) por el gran parecido que hay en seis referencias de gomitas de ambas marcas.
En el marco de esa disputa, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso esta semana, por segunda vez, medidas cautelares contra comestibles Aldor y ordenó retirar esas referencias de Trolli. Esto, indicó la entidad, luego de hallar que los empaques confunden a los consumidores por su parecido con las Trululu.
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Las referencias que deberán retirarse por orden de la SIC son: Trolli Pulpo Morgan, Trolli Oink Splash, Trolli Ana y Conda, Trolli Mordiscos, Trolli Bananas y Trolli Emociones. Además, Aldor también tendrá que bajar todo el material publicitario relacionado con dichas presentaciones.
La entidad dio un plazo de 10 días para cumplir la medida y llamó a Comestibles a Aldor a abstenerse de ofrecer, distribuir, comercializar, vender o promocionar los productos en cuestión de aquí en adelante.
Ya a inicios del año pasado la SIC había decretado medidas cautelares también, pero según Súper de Alimentos, Aldor siguió vendiendo sus gomitas incluso hasta casi un mes después de esa determinación, es decir, hasta el 10 de mayo de 2021. Luego de esto la empresa cambió el empaque de las gomitas Trolli, pero a juicio del despacho que atendió el caso esto no fue suficiente para marcar diferencia respecto a la presentación de las Trululu.
“(…) en conjunto, con esos cambios, no se aprecia mayor diferencia con los empaques inicialmente cotejados al momento de decretar la medida cautelar, por lo que se concuerda con lo que considera la parte demandante, y de ese modo, se puede entender que está destendida o incumplida la orden cautelar impartida”, se lee en el Auto No. 58865.
“Se puede advertir que los cambios que incorporó Aldor en sus nuevos empaques no se evidencian como determinantes para establecer una diferencia entre los empaques motivo de discordia entre las partes. De lo anterior, considera este Despacho que con los mismos no se diluye el grado de confusión que antes se tenía con los empaques cuestionados”, dice otro de los apartados.