La Dian aclaró los casos en los que es necesario actualizar este documento, clave en los procesos para declarar.
Es habitual que una empresa le exija a alguien la presentación del Registró Único Tributario (RUT) con fecha de emisión reciente como parte del trámite de pago de una cuenta por la prestación de un servicio o la venta de un bien. Por eso muchos se preguntan cómo sacar el RUT y si es necesario actualizarlo.
Pues resulta que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales reiteró algo que ya está en la norma, pero que no todo el mundo aplica: a nadie se le puede exigir como parte del proceso de pago de una acreencia, la actualización del RUT para cada trámite de facturación, porque la vigencia de este documento es indefinida.
La aclaración está contenida en la Circular Externa 0001 que publicó hoy 15 de marzo de 2023 la Dian. Allí se establece con claridad cuál es la naturaleza del RUT y cuándo es exigible la actualización.
El director de la Dian hizo un hilo explicativo en Twitter al respecto.
Cuando un ciudadano imprime su RUT, sale con una fecha determina que corresponde o bien con el día inicial de expedición o bien con la última actualización. Pues muchas compañías y pagadores exigían que esa fecha fuera al menos dentro de los dos meses anteriores al pago. Eso es lo que considera la Dian que no es necesario, porque ese documento tiene validez permanente. Y para que aparezca una fecha nueva habría que cambiar alguno de los datos del documento. Eso es lo que no resulta viable en todos los casos.
Lo que sí deben hacer los contribuyentes es actualizar la información cada vez que haya un cambio de correo electrónico, ciudad o dirección de notificación o cambio de actividad. Ahí se modifica la fecha por aquella en la que se realizó el trámite.
En un comunicado, la Dian había insistido a comienzo de año que “las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61, en su defecto, pueden verificar la fecha de generación del PDF del documento la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario”.
Según la autoridad de impuestos y aduanas, “tener los datos correctos en el RUT permite a la Entidad contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que, a su vez, facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos”.
Si necesita actualizar el RUT, ¿dónde se puede hacer?: en cualquier administración de la DIAN, en las Cámaras de Comercio y manera virtual en el Muisca que es el sistema para contribuyentes.
Los datos que quedan consignados en estos documentos son los que usará la Dian para las comunicaciones oficiales con cada contribuyente o declarante.
La Dian actualmente se encuentra en un proceso de modernización de todos sus sistemas informáticos para ofrecer una mejor experiencia a los usuarios, mayor seguridad en el manejo de la información y mayor control en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Se espera igualmente que la entidad fortalezca su nómina con el fin de desarrollar una gestión de recaudo tributario y aduanero más eficiente y eficaz. Esa es la respuesta a cómo sacar el RUT y si es necesario actualizarlo.
Esta artículo fue publicado originalmente el 13 de enero de 2023 y actualizado el 15 de marzo con la publicación de la circular de la Dian.
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