La reforma a la salud que presentó el Gobierno ante el Congreso les quita facultades a las EPS y las obliga a desaparecer en un eventual periodo de transición.
El Gobierno de Gustavo Petro destapó las cartas y presentó finalmente la reforma a la salud. Se trata de un documento 151 artículos mediante el cual se busca dar un revolcón al sistema de protección social, crear un régimen laboral especial para los profesionales del campo y establecer un nuevo sistema de fiscalización.
Uno de los puntos claves es el papel que tendrán las Entidades Promotoras de Salud (EPS) de cara al nuevo régimen. Desde los últimos 30 años se han convertido en agentes claves del sistema a través de su función de intermediario y asegurador, por lo que son un eje clave de la discusión.
Aunque la semana pasada el presidente Gustavo Petro confirmó ante el país que la reforma que se presentaría ante el Congreso no eliminaría las EPS, lo cierto es que en el articulado final del texto se ajustan las funciones de estas empresas (sean públicas, privadas o mixtas) y se buscaría que los recursos que actualmente manejan queden a cargo – parcialmente- de las alcaldías y las gobernaciones, entre otros.
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De hecho, tal y como se previa por los expertos, la reforma a la salud elimina el concepto de aseguramiento en salud y financiero, pues busca que los recursos públicos sean administrados a través de un Fondo Único Público de Salud y Fondos Territoriales de Salud.
En concreto, dice el artículo 54 de la reforma, que las EPS “ejercerán las actividades de crear y administrar Centros de Atención Primaria en Salud de los territorios asignados después de la territorialización dispuesta en esta ley; administrar los sistemas de referencia y realizar o ejecutar las auditorías contratadas que requiera el Sistema de Salud”.
Bajo esa lectura, el Gobierno Nacional le quita facultades a las EPS y buscaría transformarlas en Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud (RIISS).
En el artículo 76 de la reforma, el Ministerio de Salud establece que ahora la prestación de servicios de
salud se “hará a través de Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud – RIISS, entendidas como el conjunto de organizaciones que prestan servicios o hacen acuerdos para prestar atención sanitaria con calidad, equitativos, integrales, integrados, oportunos y continuos de manera coordinada y eficiente, con una orientación familiar y comunitaria a una población ubicada en un espacio poblacional determinado”.
Y añaden: “Las redes integrales e integradas de servicios son: Redes de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud – APIRS; Redes de servicios especializados ambulatorios; Redes de servicios de hospitalización, incluye hospitalización domiciliaria; Redes de urgencias médicas y odontológicas; Redes de rehabilitación; Redes de laboratorios; Redes integrales de apoyo en materia de vigilancia en salud pública, servicios diagnósticos, farmacéuticos y de tecnologías en salud”.
Otro de los puntos que aclara la reforma es que las EPS que estén en liquidación tendrán que acogerse a la entrega “de la población afiliada al nuevo aseguramiento social en salud, la cual se hará en forma progresiva y ordenada, de manera que en ningún caso esta población quede desprotegida en su derecho fundamental a la salud”.
Asimismo, insisten que estas entidades deberán realizar una entrega ordenada de sus afiliados a los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud. Además, a partir de la vigencia de la presente Ley, no “habrá autorización de ingreso al sistema a nuevas Entidades Promotoras de Salud”.