El Ministerio de Transporte publicó el borrador de decreto con el que busca plantear soluciones para la crisis del transporte aéreo en el país. El documento incluye nuevas rutas para las zonas más apartadas del país.

El Gobierno Nacional reveló el borrador de decreto con el que el Ministerio de Transporte podrá otorgarles subvenciones a aerolíneas del país para prestar “rutas sociales que resulten asignatarias en proceso público”. Esto, en medio de la crisis que vive el sector por cuenta del cese de operaciones de los jugadores de bajo costo: Viva Air y Ultra Air.

El borrador, publicado el 3 de abril, detalla que dichas rutas estarán determinadas por estudios de la Aeronáutica Civil. Lo que deberán tener en común son características de difícil acceso y conectividad, así como su relevancia para el sector turístico.

¿Quiénes recibirán las ayudas?

Según el documento, el Ministerio de Transporte realizará una convocatoria pública destinada a empresas de transporte aéreo que estén interesadas en cubrir las rutas sociales que se establezcan. Para participar, las empresas tendrán que tener en cuenta que:  

  • No exista ningún otro operador prestando servicios aéreos comerciales de transporte público regular en la ruta, a menos que se trate de destinos turísticos con una gran demanda insatisfecha por disminución repentina de la oferta.
  • Su permiso y certificado de operación para la respectiva modalidad se encuentren vigentes. El servicio ofrecido deberá enmarcarse dentro de los privilegios y limitaciones especificados para los mismos.
  • El equipo de vuelo ofrecido sea apto para operar en los aeródromos y rutas(s) a servir.
  • Sus especificaciones de operación contemplen esas rutas o les sean adicionadas conforme corresponda. 
  • Cuenten con la capacidad y ofrezcan las frecuencias suficientes para atender la demanda en las rutas sociales previstas, sin afectar su capacidad o disponibilidad para atender los otros servicios que venían prestando.
  • La atención de los nuevos servicios no impida a la empresa satisfacer oportunamente sus requerimientos en materia de mantenimiento y operación de sus aeronaves, ni las limitaciones de tiempo de vuelo, servicio y descanso para sus tripulaciones.
  • La empresa disponga o establezca en los aeródromos de origen y destino del personal y las facilidades que sean necesarias, ya sea con recursos propios o contratados con terceros, para el mantenimiento de tránsito de sus aeronaves y despacho de sus vuelos, así como para la atención de los pasajeros y manipulación de equipajes y/o carga, o cualquier otro servicio de escala que sea requerido. 

Las ayudas no podrán ser mayores al déficit que registre la operación específica de las rutas sociales atendidas por la empresa de servicio de transporte aéreo, la cual deberá mantener un mínimo de ocupación, determinado por el Ministerio de Transporte por cada ruta social para acceder al mismo. 

El valor de la subvención, además, será acorde a cada ruta social de turismo. “En razón de ello el Ministerio de Transporte de manera periódica deberá revisar las rutas identificadas para evaluar la necesidad de incluir o excluir nuevas rutas”, dice el documento. 

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