El decreto de emergencia económica reduce el umbral de exención del IVA para importaciones de bajo valor, que pasa de US$200 a US$50.
El Gobierno nacional estableció que las importaciones de bajo costo quedarán sujetas al pago del IVA cuando superen los US$50, como parte de las medidas adoptadas bajo la declaratoria de emergencia económica.
La decisión modifica el tratamiento tributario de las compras internacionales que ingresan al país bajo el esquema de envíos de mínimo valor, conocido como de minimis, y busca aumentar el recaudo del impuesto. Esta medida tendrá impacto sobre plataformas de venta en línea como Shein y Temu.
Hasta ahora, este tipo de importaciones se encontraba exento del IVA al momento de su ingreso a Colombia, pese a que la norma general establece que la importación de bienes y servicios está gravada. La exención había sido incorporada mediante la Ley 1607 de 2012, en un contexto en el que las mercancías de bajo costo representaban una fracción reducida del comercio exterior y su control generaba más costos administrativos que beneficios fiscales.
De acuerdo con el documento oficial, esa lógica dejó de ser válida con la expansión acelerada del comercio minorista digital en los últimos años. El crecimiento de las compras internacionales de bajo valor incrementó el costo fiscal de mantener la exención, lo que llevó al Ejecutivo a reducir el monto exento de US$200 a US$50 en las importaciones.
El análisis incluido en la medida señala que, en el pasado, aplicar el sistema arancelario tradicional a este tipo de mercancías implicaba costos relativos superiores al recaudo esperado del IVA. Sin embargo, en el texto se indica que el aumento de las importaciones de bajo valor elevó el costo asociado a la exención del IVA, lo que llevó a plantear la reducción del monto exento como un mecanismo para hacer más eficiente el recaudo del impuesto.
