Borrador de decreto ampliaría el alcance de los servicios postales de pago, en medio de preocupaciones por riesgos de lavado de activos y supervisión.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) tiene listo un borrador de decreto que busca ampliar el alcance de los servicios postales de pago en Colombia, permitiendo que operadores postales puedan administrar recursos de los usuarios a través de cuentas similares a cuentas de ahorro.
El proyecto normativo adiciona un nuevo capítulo al Decreto 1078 de 2015 y habilita a estas empresas para prestar servicios de giro de pago, giro de depósito y transferencia postal, bajo esquemas que incluyen la consignación, custodia y transferencia de recursos de los clientes.
De acuerdo con el documento, los montos consignados en las llamadas cuentas postales solo podrían destinarse a la ejecución de órdenes de pago o transferencia definidas por los usuarios, y se prohíbe expresamente su uso para otorgar créditos, realizar operaciones financieras o efectuar actividades propias del sistema financiero.
Sin embargo, la iniciativa ha encendido alertas entre actores del sector financiero, tanto en la banca tradicional como en las fintech, que advierten sobre los riesgos que podría implicar permitir la administración de recursos del público por parte de entidades que no están bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia ni bajo el control operativo del Banco de la República.
Según fuentes del sector, el principal foco de preocupación está en los eventuales riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, debido a que estas empresas postales no hacen parte del perímetro tradicional de vigilancia financiera, pese a que manejarían flujos de dinero de los usuarios.
El gremio Colombia Fintech, que emitió un pronunciamiento, en el que catalogan esta iniciativa como “inconveniente” porque al no exigir los estándares Sarlaft del sector financiero, se crean “canales de baja resistencia” que facilitarían actividades delictivas, permitiendo mover dinero sin los controles de seguridad adecuados. Adicionalmente, los ahorros de los ciudadanos no contarían con el seguro de depósitos de Fogafin.
El borrador establece restricciones específicas para los operadores postales, entre ellas la prohibición de realizar giros sin destinatario plenamente identificado, efectuar operaciones fraccionadas para evadir topes, aplicar retenciones no autorizadas o mantener los recursos por plazos superiores a los definidos por el Ministerio TIC.
También señala que los operadores deberán garantizar trazabilidad en línea de las operaciones y cumplir con las obligaciones de conocimiento del cliente y prevención de lavado de activos, incluso cuando participen colaboradores o terceros en la prestación del servicio.
Actualmente, los servicios postales de pago en Colombia se concentran principalmente en giros nacionales en efectivo, bajo un marco regulatorio separado del sistema financiero, aunque con reglas específicas definidas por la Unión Postal Universal.
El borrador de decreto aún no ha sido expedido y se encuentra en etapa de revisión, en medio de un debate creciente sobre los límites entre los servicios postales de pago y las actividades propias del sistema financiero formal.
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