El decreto también introduce cambios en el impuesto al patrimonio y establece que los recursos recaudados se destinarán a atender los efectos de la ola invernal.

El Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026, con el que introduce nuevas medidas tributarias para financiar la atención de la emergencia económica, social y ecológica declarada por la ola invernal en varias regiones del país. 

La norma busca reforzar el recaudo y generar recursos adicionales para atender los efectos del fenómeno climático que ha afectado viviendas, infraestructura y servicios públicos en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.

Entre las disposiciones más relevantes está la creación de un impuesto nacional al consumo del 16% para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. El gravamen recaerá sobre los depósitos que realicen los usuarios para apostar en plataformas digitales y aplicará durante 2026. 

Según el Gobierno, la medida busca fortalecer el recaudo y corregir un tratamiento tributario desigual frente a los juegos de azar presenciales, que ya están sujetos a este tipo de gravamen. 

El decreto también introduce alivios tributarios para contribuyentes con obligaciones en mora. La DIAN podrá reducir sanciones e intereses a quienes paguen la totalidad de la deuda principal antes del 30 de abril de 2026. En varios casos, las sanciones podrán reducirse hasta el 15% de su valor, como incentivo para que los contribuyentes normalicen sus obligaciones pendientes y se acelere el recaudo fiscal. 

Otra de las medidas incluidas es la creación de un impuesto de normalización tributaria con tarifa del 19%, dirigido a contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes en sus declaraciones. 

Este mecanismo permitirá declarar esos patrimonios pagando únicamente ese tributo, sin sanciones adicionales ni efectos fiscales retroactivos, con el objetivo de ampliar la base tributaria y generar ingresos de corto plazo.

El decreto también introduce ajustes al impuesto al patrimonio creado previamente durante la emergencia económica. La norma amplía la base de contribuyentes al incluir a los establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT. 

Al mismo tiempo, excluye del gravamen a las empresas intervenidas por el Estado, especialmente del sector salud -como algunas EPS- y a las empresas de servicios públicos de municipios que hayan declarado calamidad pública dentro de la zona afectada por la emergencia. 

El Gobierno también estableció que los recursos recaudados con estas medidas se destinarán exclusivamente a financiar los gastos necesarios para atender la emergencia, en particular la atención a la población afectada y las labores de recuperación en las zonas impactadas por los eventos climáticos que motivaron la declaratoria del estado de excepción. 

De acuerdo con estimaciones oficiales, el paquete de medidas tributarias adoptado en el marco de esta emergencia podría generar alrededor de $8 billones para financiar las acciones de respuesta y reconstrucción.