El Emisor señaló que el traslado anticipado de recursos desde las AFP a Colpensiones contraviene la Ley 2381 de 2024 y podría tener efectos sobre los mercados financieros.

El Banco de la República advirtió al Ministerio de Trabajo que el traslado de más de $25 billones desde las AFP a Colpensiones, previsto en un proyecto de decreto, no está autorizado por la ley y excede las facultades reglamentarias del Gobierno.

En una carta enviada al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, el Emisor cuestionó el proyecto de decreto que reglamenta la transferencia de recursos de afiliados que se acogieron a la denominada “ventana de oportunidad de traslado”, prevista en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.

Según el Banco, aunque dicha norma permite el traslado de régimen para ciertos afiliados cercanos a la edad de pensión, el parágrafo es explícito en que los recursos acumulados deben permanecer bajo administración de las AFP hasta que se consolide la pensión de vejez. En ese sentido, el traslado anticipado de los fondos a Colpensiones no estaría contemplado en la ley.

“La propuesta presentada es contraria al parágrafo del artículo 76”, señaló la entidad, al advertir que el decreto introduce una obligación de transferir la totalidad del ahorro individual —incluyendo rendimientos— sin soporte legal.

El Banco también recordó que la entrada en vigencia de la Ley 2381 fue suspendida por la Corte Constitucional, con excepción de algunos artículos, lo que limita aún más el margen regulatorio del Gobierno en esta materia.

Además del reparo jurídico, el Emisor advirtió riesgos financieros. El proyecto establece que el traslado de los recursos se realice en plazos de hasta 15 días hábiles, lo que implicaría una liquidación acelerada de activos por parte de las AFP. Dado que una parte significativa de estos recursos está invertida en títulos de deuda pública (TES), el movimiento podría generar presiones relevantes sobre el mercado local.

Finalmente, el Banco subrayó que, ante la imposibilidad de poner en marcha el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC) por la suspensión de la ley, se debe mantener el esquema actual en el que las AFP administran los recursos hasta el reconocimiento efectivo de la pensión.

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