La decisión limita el alcance del impuesto y se conoce mientras sigue pendiente un pronunciamiento sobre la solicitud del Consejo Gremial de suspender sus efectos de manera general.

La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro de régimen especial -como las universidades- y empresas en proceso de liquidación, cuyo vencimiento estaba previsto para el 4 de mayo.

La determinación fue adoptada por la Sala Plena con una votación de seis magistrados a favor y tres en contra. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño, Juan Carlos Cortés y Vladimir Fernández Andrade salvaron el voto, mientras que las magistradas Natalia Ángel Cabo y Lina Escarbar Martínez, junto con el magistrado Carlos Camargo Assis, presentaron aclaraciones.

La primera cuota del impuesto ya había sido pagada el 1 de abril, por lo que la suspensión impacta únicamente el segundo pago y solo para los contribuyentes cobijados por esta decisión.

Para las entidades cobijadas por la decisión —universidades y empresas en proceso de liquidación— el impuesto quedará suspendido de manera provisional hasta que la Sala Plena de la Corte Constitucional adopte un fallo de fondo sobre su constitucionalidad.

Se trata de un tributo transitorio que grava el patrimonio —y no las utilidades— y que aplica a contribuyentes con un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT al 1 de marzo de este año, es decir, más de $10.474 millones.

La decisión se conoce mientras sigue pendiente un pronunciamiento del alto tribunal sobre la solicitud presentada por el Consejo Gremial Nacional, que pidió suspender de manera general los efectos del Decreto 173 de 2026 ante los riesgos de liquidez que, a su juicio, genera el impuesto para el sector empresarial.

El Consejo ha advertido que el pago de la segunda cuota estaba generando presiones de liquidez en las empresas, al tratarse de un impuesto que grava el patrimonio y no las utilidades, lo que obliga a tributar sobre los activos independientemente de los ingresos.

“Esto significa pagar por lo que se tiene y no por lo que se gana”, señaló Natalia Gutiérrez, presidente del Consejo, al cuestionar que la medida desconoce la capacidad real de pago y puede afectar la inversión, el empleo y la operación de las compañías.

La medida cobija a más de 15.000 empresas con patrimonios iguales o superiores a $10.474 millones y busca un recaudo cercano a $6,3 billones, aunque otras proyecciones lo estiman en $8 billones.

ANIF estima que el recaudo potencial del impuesto ascendería a $6,3 billones. De ese total, $4,1 billones (65%) provendrían de los sectores sujetos a la tarifa más alta del 1,6%, mientras que los $2,2 billones restantes (35%) corresponderían a las actividades gravadas con la tarifa general del 0,5%.

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