La Sección Cuarta concluyó, en una decisión preliminar, que el Gobierno no justificó de manera suficiente los aumentos de tarifas y bases de retención introducidos en el Decreto 572 de 2025.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había aumentado las bases y tarifas de retención y autorretención en la fuente para distintos sectores económicos.

La decisión fue adoptada por la magistrada Myriam Stella Gutiérrez Argüello, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, tras analizar decenas de demandas presentadas por gremios, congresistas, empresarios y ciudadanos contra la norma expedida por el Ministerio de Hacienda.

El tribunal concluyó, en esta etapa preliminar del proceso, que el decreto no estaba suficientemente motivado desde el punto de vista técnico y económico. 

Según el auto, aunque el Gobierno sí presentó argumentos generales sobre la necesidad de mejorar el recaudo y cerrar brechas entre el impuesto a cargo y las retenciones practicadas, no aportó los estudios, simulaciones y soportes cuantitativos que justificaran los incrementos.

“El estudio económico alude de manera genérica al comportamiento positivo de ciertos sectores de la economía sin establecer con precisión cuáles fueron las cifras o proyecciones que permitieron llegar a tal conclusión”, señaló la providencia.

El Consejo de Estado también advirtió que los documentos allegados por el Ministerio de Hacienda no permitían identificar con claridad los criterios utilizados para agrupar actividades económicas, calcular las nuevas tarifas o demostrar que existía una brecha real entre el impuesto final y las autorretenciones.

La suspensión cobija los cambios relacionados con tarifas y bases mínimas de retención y autorretención, pero deja vigente el artículo 1 del decreto, que equiparó la retención de los CDAT con la de otros títulos de renta fija.

El alto tribunal precisó que, mientras se resuelve de fondo la demanda de nulidad, volverán a aplicarse las normas anteriores que fueron sustituidas por el decreto suspendido.