La demanda, radicada por la firma Naranjo Abogados, alega que los bancos incumplieron el plazo de la Ley 2277 de 2022 para automatizar la exención del impuesto a quienes movilizan menos de $17,4 millones mensuales. Nu Colombia, Banco de Bogotá, Bold y el gremio Colombia Fintech, varios de ellos también demandados, exigen al Gobierno destrabar la implementación.

El Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Bogotá admitió una acción de grupo contra más de 50 entidades del sistema financiero colombiano por presuntas fallas en la implementación de la exención automática del Gravamen a los Movimientos Financieros, conocido como 4×1000.

La acción, radicada por el abogado Juan Pablo Naranjo Vallejo de la firma Naranjo Abogados, bajo el expediente 110013103007-2025-00368-00, fue admitida por el juez Sergio Iván Mesa Macías mediante providencia notificada por estado el 25 de agosto de 2025.

El despacho ordenó tramitar el caso por el procedimiento de la Ley 472 de 1998 y corrió traslado a las entidades accionadas por un término de diez días para que soliciten las pruebas que pretendan hacer valer.

Entre las más de 50 entidades demandadas figuran los principales bancos del país (Bancolombia, Davivienda, BBVA Colombia, Banco de Bogotá, Banco Popular, Itaú Colombia, Banco de Occidente, Scotiabank Colpatria, Banco Caja Social, Banco Agrario, AV Villas, Citibank Colombia, BNP Paribas Colombia y Banco Santander de Negocios, junto con entidades como Nu Colombia, Lulo Bank, Rappipay, Banco Falabella, Banco Pichincha, Banco Serfinanza, Mercado Pago, Bold, Moviii y Ualá, además del Fondo Nacional del Ahorro y la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, entre otros.

El juzgado dispuso emplazar a los miembros de la comunidad afectada a través de un medio masivo de comunicación e informó del trámite al Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Financiera, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y al Ministerio de Hacienda.

La demanda se fundamenta en la Ley 2277 de 2022, la reforma tributaria que exoneró del 4×1000 a las personas naturales con movimientos inferiores a 350 unidades de valor tributario (UVT) mensuales (cerca de $17,4 millones para 2025) sin necesidad de marcar una cuenta como exenta. La norma otorgó al sector financiero un plazo de dos años, que venció el 13 de diciembre de 2024, para automatizar el beneficio.

De acuerdo con Naranjo Abogados, las entidades omitieron implementar el sistema automático de exención dentro del plazo legal, lo que habría derivado en el cobro del tributo a los ahorradores beneficiarios y en la transferencia de esos recursos al Gobierno.

El abogado Oscar Eduardo Aldana, codirector del proceso, sostuvo en el concepto estratégico de la demanda que la banca colombiana cuenta con capacidad tecnológica para procesar operaciones de crédito en fracciones de segundo, pero no aplicó a tiempo el mecanismo que habría generado ahorro a los usuarios.

La firma demandante sostiene, con base en respuestas obtenidas mediante derecho de petición, que el sistema financiero reportó un recaudo total de $9,2 billones por concepto de 4×1000 entre finales de 2024 y mediados de 2025, cifra que, según se aclara en el propio comunicado, incluye tanto a grandes como a pequeños ahorradores, exentos y no exentos del tributo.

La admisión judicial llega, sin embargo, en medio de una escalada de presión del propio sector financiero sobre el Gobierno por la falta de implementación de la norma. Nu Colombia, una de las entidades demandadas, anunció la semana pasada que reembolsaría el costo del 4×1000 a los clientes trasladaran su dinero a un certificado de depósito a término (CDT) entre el 5 y el 9 de mayo, una medida con la que la entidad busca presionar al Ejecutivo a activar la exención.

Banco de Bogotá y Bold se sumaron al cuestionamiento al esquema vigente, mientras que el gremio Colombia Fintech ha sostenido que la implementación no depende de las entidades financieras sino de una decisión regulatoria.

La cronología suma más de 500 días de retraso desde el 13 de diciembre de 2024, fecha en que debía empezar a operar la exención automática hasta el tope mensual de 350 UVT en todas las cuentas del titular, en lugar del esquema vigente que obliga a designar una única cuenta marcada. A mayo de 2026, el régimen antiguo continúa operando.

“Tenemos una ley que no se está cumpliendo y eso es inaceptable”, dijo Marcela Torres, directora general de Nu Colombia, en una reunión con la prensa en Bogotá, en la que describió al impuesto como un obstáculo para la digitalización de los pagos, la competencia y la innovación financiera. Según la ejecutiva y dirigentes de Colombia Fintech, el ahorro potencial podría alcanzar los $800.000 anuales por usuario, equivalentes al 4×1000 aplicado sobre el tope mensual exento de aproximadamente $18 millones, en un país donde cerca del 80% de la población percibe ingresos inferiores a dos salarios mínimos.

Gabriel Santos, presidente de Colombia Fintech, sostuvo que el 98% del sistema financiero está técnicamente listo para operar bajo el nuevo esquema, con contratos suscritos con un orquestador tecnológico mayoritario, y que el cuello de botella se reduce a una decisión política del Ministerio de Hacienda y la DIAN.

El gremio identifica a TransUnion como el operador que concentra el mayor volumen y a Passport como el que agrupa al sector cooperativo; la integración entre ambos no se ha activado a la espera de una instrucción regulatoria que dé certeza sobre cómo operar la interoperabilidad sin que las entidades incurran en incumplimientos por dejar de retener el impuesto.

Luz María Mercado, directora legal de Nu Colombia, explicó que la DIAN, al recibir derechos de petición de ciudadanos, ha trasladado la responsabilidad a las entidades financieras al señalar que estas deberían devolver el 4×1000, aunque, sin un orquestador centralizado, las firmas carecen de la información necesaria para determinar cuándo aplica la devolución. La directiva añadió que el proceso judicial admitido enfrenta el mismo limitante técnico.

La discusión transcurre en paralelo al despegue de Bre-B, el sistema de pagos inmediatos del Banco de la República, que el 30 de abril registró su día récord de transaccionalidad y que ya representa más del 10% de las transacciones del sistema, según cifras citadas por Torres.

Voceros del sector invocaron como referencia el caso brasileño. Brasil eliminó un impuesto equivalente del 0,3% con la llegada del sistema PIX y, en el largo plazo, el recaudo aumentó por la mayor formalización y transaccionalidad digital. Roberto Campos Neto, expresidente del Banco Central de Brasil y hoy jefe de políticas públicas globales de Nu, ha expuesto ese argumento ante precandidatos presidenciales colombianos, según la ejecutiva.

Oscar Cadena, director de políticas públicas de Nu Colombia, agregó que el régimen actual genera fricciones operativas adicionales, como la imposibilidad de marcar o desmarcar cuentas a través de canales digitales en plazos cortos. Santos, por su parte, advirtió que el incumplimiento de la norma se está convirtiendo en un punto de la agenda electoral del gremio frente a candidatos al Congreso y a la Presidencia, y que, de no haber avances, quedan abiertos los mecanismos legales para forzar al Estado a cumplir.

La acción admitida por el Juzgado Séptimo pretende que la justicia declare la negligencia en la implementación del sistema de exención y ordene la indemnización a los consumidores financieros afectados.