Los beneficios estarán dirigidos a nuevas inversiones en turismo, agroindustria, construcción, manufactura y servicios. La tarifa de renta será del 20% y podrá reducirse hasta 15% según la generación de empleo.
El Gobierno Nacional puso en marcha un paquete de incentivos tributarios para atraer inversión privada hacia los municipios afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto y acelerar la reconstrucción y reactivación de sus economías.
El Decreto 1413 de 2026 establece un régimen excepcional y transitorio dirigido a nuevas inversiones. Podrán acogerse personas naturales y jurídicas, residentes o no residentes en Colombia, siempre que los proyectos cumplan los requisitos de inversión, generación de empleo y localización establecidos.
El principal incentivo es una tarifa preferencial de impuesto de renta del 20% durante 2026 y 2027, frente a la tarifa general corporativa del 35%. El beneficio se aplicará exclusivamente sobre la renta líquida gravable atribuible al proyecto calificado y podrá reducirse adicionalmente dependiendo de la generación de empleo, aunque en ningún caso podrá quedar por debajo del 15%.
El paquete contempla además depreciación fiscal acelerada para los activos productivos adquiridos, construidos o rehabilitados como parte de las inversiones calificadas, así como beneficios de IVA para determinadas importaciones vinculadas a los proyectos.
Los incentivos estarán dirigidos a proyectos en turismo, agroindustria, construcción, industria manufacturera y servicios, pero deberán cumplir montos mínimos de inversión. Para turismo, el piso será de 950.000 UVT; para agroindustria y construcción, 1,1 millones de UVT; y para manufactura y servicios, 2,35 millones de UVT.
El decreto excluye los proyectos relacionados con la evaluación, exploración o explotación de recursos naturales no renovables, incluidas minas y yacimientos de petróleo. En construcción, solo serán computables las inversiones destinadas a edificación, rehabilitación, reconstrucción o reposición de inmuebles afectados por el sismo y las obras de infraestructura que contribuyan directamente a la recuperación.

Los proyectos deberán ser calificados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que tendrá 15 días hábiles para resolver las solicitudes una vez reciba toda la información. Además, deberán iniciar su ejecución dentro de los 12 meses siguientes a la declaratoria de emergencia.
El Gobierno justificó la medida por la magnitud de los recursos necesarios para la reconstrucción. Una primera estimación para Chocó, Valle del Cauca, Risaralda, Quindío y Caldas calculó en $30 billones el costo de reconstrucción de edificaciones e infraestructura: $24,5 billones en edificaciones y $5,5 billones en infraestructura.
Los beneficios son temporales y cesarán el 31 de diciembre de 2027, salvo que el Congreso decida posteriormente darles carácter permanente.
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